A/RES/60/210
derechos y les impiden recurrir eficazmente contra la discriminación basada en el
género, y alienta a que se preste asistencia a los países para alcanzar esa meta;
31. Insta a los donantes multilaterales, e invita a las instituciones financieras
internacionales, dentro de sus respectivos mandatos, y los bancos regionales de
desarrollo a que examinen y apliquen políticas de apoyo a las actividades nacionales
destinadas a aumentar la proporción de recursos a disposición de las mujeres, en
particular las que viven en zonas rurales y apartadas;
32. Alienta a los gobiernos, las organizaciones internacionales, en particular el
sistema de las Naciones Unidas, el sector privado y la sociedad civil, a que incorporen
plenamente una perspectiva de género en las actividades de aplicación y seguimiento
de las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y la
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo y a que apliquen las
recomendaciones concretas sobre la microfinanciación y el microcrédito para la mujer
y las políticas presupuestarias con una perspectiva de género;
33. Subraya la importancia de que se reúna e intercambie toda la información
necesaria sobre el papel de la mujer en el desarrollo, incluidos los datos sobre la
migración internacional, así como la necesidad de elaborar estadísticas desglosadas
por sexo, y a ese respecto alienta a los países desarrollados y las entidades pertinentes
de las Naciones Unidas a que presten apoyo y asistencia a los países en desarrollo que
lo soliciten para establecer, desarrollar y fortalecer sus sistemas de bases de datos e
información;
34. Insta a todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a que,
en el marco de sus respectivos mandatos, incorporen una perspectiva de género y
aspiren a la igualdad entre los géneros en sus programas nacionales, instrumentos de
planificación y programas sectoriales y establezcan a ese respecto objetivos y metas
específicos en los países con arreglo a las estrategias nacionales de desarrollo;
35. Exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que integre una perspectiva de
género en todos sus programas y políticas, incluso en el seguimiento integrado de las
conferencias de las Naciones Unidas, de conformidad con las conclusiones convenidas
1997/2 sobre la incorporación de una perspectiva de género, aprobadas por el Consejo
Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1997 9;
36. Alienta a todos los fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas
y los organismos especializados a que, con arreglo a sus respectivos mandatos, ayuden a
los gobiernos que lo soliciten a reforzar su capacidad para promover y apoyar el adelanto
económico de la mujer mediante, entre otras cosas, prácticas y programas de creación de
empleo y capacidad empresarial que afirmen y potencien el papel de la mujer;
37. Pide nuevamente al Secretario General que actualice el Estudio Mundial
sobre el Papel de la Mujer en el Desarrollo para poder examinarlo en el sexagésimo
cuarto período de sesiones, señalando que el estudio debe seguir centrándose en
determinadas cuestiones nuevas relacionadas con el desarrollo que repercuten en el
papel que desempeña la mujer en la economía en los planos nacional, regional e
internacional;
38. Decide que el tema del próximo estudio sea “El control por la mujer de
los recursos económicos y del acceso a los recursos financieros, incluida la
microfinanciación”;
_______________
9
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento
No. 3 (A/52/3/Rev.1), cap. IV.A, párr. 4.
7
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos