Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/71/192
Distr. general
19 de enero de 2017
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2016
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2)]
71/192. El derecho al desarrollo
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, en la que se expresa, en
particular, la determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida
dentro de un concepto más amplio de la libertad, y, con esa finalidad, emplear
mecanismos internacionales para promover el progreso económico y social de todos
los pueblos,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, así como el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2 y el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos2 ,
Recordando también los resultados de todas las grandes conferencias y
cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica y social,
Recordando además la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, aprobada
en su resolución 41/128, de 4 de diciembre de 1986, que confirmó que el derecho al
desarrollo es un derecho humano inalienable, que la igualdad de oportunidades para
el desarrollo es una prerrogativa tanto de las naciones como de los individuos que
las componen, y que cada persona es el sujeto central y el beneficiario del
desarrollo,
Destacando la importancia de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos
celebrada en Viena en 1993, y que en la Declaración y Programa de Acción de
Viena 3 se reafirmó que el derecho al desarrollo es un derecho universal e inalienable
y parte integrante de los derechos humanos fundamentales y que cada pers ona es el
sujeto central y el beneficiario del desarrollo,
Reafirmando el objetivo de hacer realidad para todos el derecho al desarrollo
enunciado en la Declaración del Milenio, que aprobó el 8 de septiembre de 2000 4,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
4
Resolución 55/2.
2
16-22586 (S)
*1622563*