A/HRC/RES/24/27
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
9 de octubre de 2013
Español
Original: francés
Consejo de Derechos Humanos
24º período de sesiones
Tema 10 de la agenda
Asistencia técnica y fomento de la capacidad
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
24/27. Asistencia técnica y fomento de la capacidad para la
República Democrática del Congo en la esfera de los
derechos humanos
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006,
Recordando también sus resoluciones 5/1, de 18 de junio de 2007, 7/20, de 27 de
marzo de 2008 y S-8/1, de 1 de diciembre de 2008,
Recordando además sus resoluciones 10/33, de 27 de marzo de 2009, 13/22, de
26 de marzo de 2010, 16/35, de 25 de marzo de 2011, y 19/27, de 23 de marzo de 2012, en
las que exhortaba a la comunidad internacional a que apoyara los esfuerzos de la República
Democrática del Congo y de sus instituciones para mejorar la situación de los derechos
humanos en el país y a que respondiera a sus peticiones de asistencia técnica,
Reafirmando que todos los Estados tienen la obligación de promover y proteger los
derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de las Naciones
Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, y de cumplir las obligaciones
contraídas en virtud de los pactos internacionales de derechos humanos y de los demás
instrumentos pertinentes en los que son partes,
Alentando los esfuerzos del Gobierno de la República Democrática del Congo para
acabar con la impunidad por la comisión de delitos tipificados por el derecho internacional
mediante el fortalecimiento de su sistema de justicia y la cooperación judicial internacional,
Acogiendo con beneplácito la creación, en la República Democrática del Congo, por
el Presidente de la República, del Mecanismo Nacional de Seguimiento del Acuerdo marco
para la paz, la seguridad y la cooperación en la República Democrática del Congo y la
región, firmado en Addis Abeba el 24 de febrero de 2013 ("Acuerdo marco de
Addis Abeba"), y alentando al mismo tiempo a todos los actores nacionales a que trabajen
más por la protección de los civiles y la promoción de la seguridad,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
informe del Consejo sobre su 24º período de sesiones (A/HRC/24/2), Primera parte.
GE.13-18044 (S)
301013
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