A/RES/50/227 Página 10 general de la serie de sesiones de alto nivel. A ese respecto, el Presidente del Consejo, después de celebrar consultas con los Estados miembros y, por conducto del Secretario General, con los miembros del Comité Administrativo de Coordinación, debería proponer un tema para el año siguiente en el período de sesiones sustantivo anual del Consejo. En ese período de sesiones, el Consejo celebrará consultas sobre el tema de la serie de sesiones de alto nivel con miras a adoptar una decisión, en lo posible, durante el período de sesiones sustantivo, y a más tardar durante la continuación del período de sesiones en el otoño, luego del período de sesiones anual. Si posteriormente se planteara una cuestión de suma urgencia y de alta prioridad, que mereciera ser un tema de la serie de sesiones de alto nivel, el Consejo en su período de sesiones de organización podría considerar la posibilidad de incluir dicha cuestión como tema adicional de los debates de esa serie de sesiones. 54. Se pide al Secretario General que incluya en su informe con destino a esa serie de sesiones todas las cuestiones pertinentes que se podrían examinar durante los períodos de sesiones, sobre la base del tema o de los temas escogidos, aprovechando las aportaciones de los diversos órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidas recomendaciones concretas sobre las cuestiones consideradas. 55. Debería examinarse la posibilidad de que se presenten informes conjuntos preparados por las secretarías de las Naciones Unidas, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, las instituciones de Bretton Woods y la Organización Mundial del Comercio, a fin de definir mejor el diálogo sobre políticas. 56. La serie de sesiones de alto nivel deberá tener en general por resultado conclusiones acordadas que serán objeto de actividades complementarias por parte de todos los órganos y organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas. C. Serie de sesiones de coordinación 57. Deberían llevarse a la práctica las conclusiones acordadas del Consejo sobre la selección de temas comunes de las principales conferencias internacionales y la contribución a un examen general de la aplicación del programa de acción de una conferencia de las Naciones Unidas. En el período de sesiones de organización del Consejo se deberá examinar la posibilidad de escoger un segundo tema relacionado con cuestiones sectoriales concretas. El Consejo deberá entablar un diálogo concreto sobre el tema o los temas escogidos con los fondos y los programas, las comisiones regionales y los organismos especializados pertinentes, incluidas las instituciones de Bretton Woods y la Organización Mundial del Comercio, según proceda. 58. Deberían asignarse a esta serie de sesiones las funciones de las actuales reuniones mixtas del Comité Administrativo de Coordinación y del Comité del Programa y de la Coordinación, que en consecuencia se dan por terminadas. 59. En la serie de sesiones de carácter general del año siguiente se debería examinar la aplicación de las conclusiones acordadas en esta serie de sesiones. D. Serie de sesiones sobre actividades operacionales para el desarrollo /...

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