A/RES/56/173
vii) Los ataques indiscriminados contra la población civil, incluso contra
hospitales situados en zonas controladas por las fuerzas rebeldes y en zonas
bajo ocupación extranjera;
d)
Los conflictos entre los grupos étnicos hema y lendu en la provincia
oriental, donde ya han muerto miles de congoleños, y donde corresponde a Uganda,
país que ejerce el control de facto sobre la zona, hacer respetar los derechos humanos;
e)
La acumulación y difusión excesivas de armas pequeñas y ligeras, y la
distribución, la circulación y el tráfico ilícitos de armas en la región, así como sus
repercusiones negativas en los derechos humanos;
f)
Las violaciones de la libertad de expresión, opinión, asociación y de
reunión en todo el territorio de la República Democrática del Congo, en particular
en la parte oriental del país;
g)
El acoso y la persecución de los defensores de los derechos humanos y
otros miembros de la sociedad civil;
h)
Los actos de intimidación contra representantes de iglesias y su
persecución, así como los asesinatos de esas personas en la parte oriental del país;
i)
La grave inseguridad, que reduce enormemente las posibilidades de
las organizaciones de asistencia humanitaria de acceso a las poblaciones afectadas,
en particular en las zonas controladas por los rebeldes armados y las fuerzas
extranjeras, y condenando el asesinato de seis funcionarios humanitarios del Comité
Internacional de la Cruz Roja, cometido el 26 de abril de 2001 en la provincia de
Ituri, cuyos autores deben ser sometidos a la justicia;
j)
La explotación ilícita de los recursos naturales de la República
Democrática del Congo, exigiendo que cese esa explotación y recalcando que los
recursos naturales del país no se deben utilizar para financiar el conflicto;
3.
Exhorta a todas las partes en el conflicto en la República Democrática
del Congo a que:
a)
Permitan que se restablezcan sin demora la soberanía y la integridad
territorial de la República Democrática del Congo, con arreglo a lo convenido en el
Acuerdo de Cesación del Fuego de Lusaka y en las resoluciones del Consejo de
Seguridad en la materia;
b)
Apliquen plenamente el Acuerdo de Cesación del Fuego de Lusaka;
c)
Pongan fin a la prestación de todo apoyo militar y logístico, así como a
toda colaboración estratégica con los grupos armados, en particular los que operan
en la parte oriental de la República Democrática del Congo;
d)
Hagan todo lo posible por crear las condiciones para que se celebren
nuevos encuentros que permitan materializar el diálogo intercongoleño, velando por
la plena participación de la mujer en ese proceso;
e)
Protejan los derechos humanos y respeten el derecho internacional
humanitario, especialmente, en cuanto les sean aplicables, los Convenios de Ginebra
de 12 de agosto de 1949 relativos a la protección de las víctimas de los conflictos
armados 7 y sus Protocolos Adicionales de 1977 14, el Convenio de La Haya relativo a
_______________
14
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1125, Nos. 17512 y 17513.
5
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