A/RES/55/35
4.
Acoge con beneplácito también la decisión de la Conferencia de pedir a
su Presidente que celebre intensas consultas con el Presidente entrante en el
intervalo entre períodos de sesiones para conseguir ese objetivo, expresado en el
párrafo 35 del informe de la Conferencia4;
5.
Alienta a la Conferencia a que continúe examinando su composición, su
agenda y sus métodos de trabajo;
6.
Pide al Secretario General que siga velando por que se proporcionen a la
Conferencia los debidos servicios de apoyo administrativo, sustantivo y de conferencias;
7.
Pide a la Conferencia que le presente, en su quincuagésimo sexto período
de sesiones, un informe sobre su labor;
8.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo sexto
período de sesiones el tema titulado “Informe de la Conferencia de Desarme”.
69a. sesión plenaria
20 de noviembre de 2000
C
I NFORME DE LA C OMISIÓN DE D ESARME
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe de la Comisión de Desarme 5,
Recordando sus resoluciones 47/54 A, de 9 de diciembre de 1992, 47/54 G, de
8 de abril de 1993, 48/77 A, de 16 de diciembre de 1993, 49/77 A, de 15 de
diciembre de 1994, 50/72 D, de 12 de diciembre de 1995, 51/47 B, de 10 de
diciembre de 1996, 52/40 B, de 9 de diciembre de 1997, 53/79 A, de 4 de diciembre
de 1998, y 54/56 A, de 1° de diciembre de 1999,
Considerando la función que se ha confiado a la Comisión de Desarme y la
contribución que ésta debe hacer a la tarea de examinar diversos problemas en la
esfera del desarme y de formular recomendaciones al respecto, así como de
promover la aplicación de las decisiones pertinentes aprobadas por la Asamblea
General en su décimo período extraordinario de sesiones,
Teniendo en cuenta su decisión 52/492, de 8 de septiembre de 1998,
1.
Toma nota del informe de la Comisión de Desarme 5;
2.
Reafirma la importancia de que se sigan intensificando el diálogo y la
cooperación entre la Primera Comisión, la Comisión de Desarme y la Conferencia
de Desarme;
3.
Reafirma también la función de la Comisión de Desarme como órgano
especializado de deliberación dentro del mecanismo multilateral de desarme de las
Naciones Unidas que permite la celebración de deliberaciones a fondo sobre
determinadas cuestiones de desarme con miras a la presentación de
recomendaciones concretas acerca de esas cuestiones;
4.
Pide a la Comisión de Desarme que prosiga su labor de conformidad con
su mandato, enunciado en el párrafo 118 del Documento Final del décimo período
5
Ibíd., Suplemento No. 42 (A/55/42).
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