A/RES/73/335 Nueva Alianza para el Desarrollo de África: progresos en su aplicación y apoyo internacional 37. Exhorta a los países en desarrollo y a los países con economías en transición a que sigan tratando de crear un entorno interno propicio para alentar el emprendimiento, promover la formalización de las actividades del sector no estructurado en África y atraer inversiones, entre otros medios, estableciendo un clima de inversión transparente, estable y previsible, en que se hagan cumplir los contratos y se respeten los derechos de propiedad en el marco de políticas e instituciones macroeconómicas racionales; 38. Observa que la inversión extranjera directa es una fuente importante de financiación para el desarrollo que desempeña una función fundamental en el logro de un crecimiento económico inclusivo y el desarrollo sostenible, en particular al promover la creación de empleo y la erradicación de la pobreza y el hambre, y que contribuye a la participación activa de las economías africanas en la economía mundial y facilita la cooperación e integración económicas regionales, y, a este respecto, exhorta a los países desarrollados a que, cuando proceda, sigan concibiendo medidas en los países de origen para estimular y facilitar el flujo de inversión extranjera directa por medios como la concesión de créditos a la exportación y otros instrumentos de financiación, garantías contra riesgos y servicios de desarrollo empresarial; 39. Invita a todos los asociados para el desarrollo de África, en particular los países desarrollados, a que apoyen los esfuerzos de los países africanos por fomentar y mantener la estabilidad macroeconómica, a que ayuden a esos países a atraer inversiones y a promover políticas que atraigan la inversión nacional y extranjera, por ejemplo, alentando las corrientes de financiación privada y apoyando a las empresas pequeñas y medianas, en especial las que son propiedad de mujeres, a que promuevan las inversiones de su sector privado en África, a que alienten y faciliten el desarrollo y la transferencia de tecnología a los países africanos en condiciones convenidas mutuamente y a que ayuden a fortalecer la capacidad humana e institucional para aplicar la Nueva Alianza, de conformidad con sus prioridades y objetivos, a fin de impulsar el desarrollo de África en todos los niveles; 40. Reconoce los progresos realizados con miras a garantizar la libertad de circulación de las personas, así como de los bienes y servicios, en África, y, a este respecto, acoge con beneplácito la entrada en vigor, el 30 de mayo de 2019, del Acuerdo sobre la Zona de Libre Comercio Continental Africana, cuyo obje tivo es duplicar el comercio entre países africanos, entre otras cosas, eliminando las barreras arancelarias y no arancelarias a los bienes y servicios, y la puesta en marcha de su fase operacional el 7 de julio de 2019; 41. Reitera la necesidad de que todos los países y las instituciones multilaterales competentes sigan tratando de dar mayor coherencia a sus políticas comerciales con los países africanos y reconoce la importancia de los intentos de integrar plenamente a esos países en el sistema de comercio multilateral y de aumentar su capacidad de competir mediante iniciativas como Ayuda para el Comercio y, dada la crisis económica y financiera mundial, de prestarles asistencia para que puedan hacer frente a los problemas de ajuste derivados de la libera lización del comercio; 42. Reitera también que emprendemos juntos el camino hacia el desarrollo sostenible, acometiendo de forma colectiva la tarea de lograr el desarrollo mundial y una cooperación en la que todos salgan ganando, la cual puede reportar e normes beneficios a todos los países y en todas las partes del mundo; 43. Pone de relieve la importancia de facilitar la adhesión de los países en desarrollo a la Organización Mundial del Comercio, reconociendo que ello puede contribuir en gran medida a la rápida y plena integración de dichos países en el sistema de comercio multilateral, insta a este respecto a que se acelere, sobre la base de criterios técnicos y jurídicos y de manera expedita y transparente, el proceso de 10/13 19-15588

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