A/RES/71/241 Segundo Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de la Pobreza (2008-2017) encaminados a llevar a los trabajadores del sector no estructurado a la economía formal, con la orientación, según proceda, de la Recomendación de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Transición de la Economía Informal a la Economía Formal, 2015 (núm. 204), complementada por las medidas nacionales relativas a las políticas sociales eficaces, incluidos niveles mínimos de protección social, y, a este respecto, toma nota de la Recomendación de la Organización Internacional del Trabajo sobre los Pisos de Protección Social, 2012 (núm. 202); 37. Destaca la importancia de adoptar medidas específicas para erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, de poner en práctica sistemas y medidas de protección social para todos que sean apropiados para cada país, incluidos niveles mínimos de protección social, y de lograr una amplia cobertura de los pobres y las personas vulnerables, y alienta a los Estados Miembros a que sigan estableciendo y poniendo en práctica niveles mínimos de protección social sobre la base de las prioridades nacionales, prestando especial atención a las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad; 38. Destaca también la importancia de adoptar políticas para corregir los problemas estructurales a más largo plazo, incluidas las limitaciones estructurales a las que se enfrentan las mujeres como agentes económicos, y eliminar los obstáculos que impiden a las mujeres participar plenamente en la economía, incluso mediante reformas legislativas y administrativas, según proceda, para dar a la mujer igualdad de derechos con el hombre en la adopción de decisiones políticas y económicas y el acceso a los recursos económicos y promover la conciliación de las responsabilidades laborales y familiares, entre otras cosas, la licencia de maternidad y la licencia parental y la redistribución de la carga de trabajo desproporcionada de las mujeres que realizan trabajo no remunerado, inclui dos el trabajo doméstico y el trabajo asistencial, y alienta al sector privado, de conformidad con la legislación nacional, a que contribuya mediante la promoción de la igualdad entre los géneros procurando que las mujeres gocen de empleo pleno y productivo, trabajo decente, igual salario por trabajo igual o trabajo de igual valor e igualdad de oportunidades, así como su protección contra la discriminación y el maltrato en el lugar de trabajo ; 39. Pone de relieve que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se hace referencia a la necesidad de movilizar recursos considerables procedentes de diversas fuentes, incluso mediante la mejora de la cooperación para el desarrollo, a fin de proporcionar medios previsibles a los países en desarrollo, en particu lar los países menos adelantados, para que implementen programas y políticas encaminados a poner fin a la pobreza en todas sus formas y dimensiones; 40. Insta a la comunidad internacional, incluido el sistema de las Naciones Unidas, a que aplique las medidas previstas en los documentos finales relativos a los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los asuntos pendientes de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y a los medios de implementación, incluida la Agenda de Acción de Addis Abeba; 41. Insta también a la comunidad internacional, incluido el sistema de las Naciones Unidas, a que aplique las medidas previstas en el Document o Final de la Conferencia sobre la Crisis Financiera y Económica Mundial y sus Efectos en el Desarrollo 20 en apoyo de los objetivos del Segundo Decenio; _______________ 20 14/16 Resolución 63/303, anexo.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos