Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/42/23
Distr. general
1 de octubre de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
42º período de sesiones
9 a 27 de septiembre de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 27 de septiembre de 2019
42/23.
El derecho al desarrollo
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando la Carta de las Naciones Unidas y los instrumentos fundamentales de
derechos humanos,
Reafirmando la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, aprobada por la
Asamblea General en su resolución 41/128, de 4 de diciembre de 1986,
Reiterando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, en que se reafirma
que el derecho al desarrollo es un derecho universal e inalienable y forma parte integrante
de todos los derechos humanos,
Reafirmando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 4/4, de 30 de
marzo de 2007, y 9/3, de 17 de septiembre de 2008, recordando todas las resoluciones de la
Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho al desarrollo, incluidas las
resoluciones 1998/72, de 22 de abril de 1998, y 2004/7, de 13 de abril de 2004, en apoyo de
la efectividad del derecho al desarrollo, y recordando también todas las resoluciones del
Consejo y de la Asamblea General sobre el derecho al desarrollo, las más recientes de las
cuales son la resolución 39/9 del Consejo, de 27 de septiembre de 2018, y la
resolución 73/166 de la Asamblea, de 17 de diciembre de 2018,
Recordando el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Desarrollo Sostenible, celebrada del 20 al 22 de junio de 2012, titulado “El futuro que
queremos”1, en el que se reafirmó el compromiso de la comunidad internacional en favor
del desarrollo sostenible y de la promoción de un futuro sostenible desde el punto de vista
económico, social y ambiental para el planeta y para las generaciones presentes y futuras,
Recordando también el documento final de la Segunda Conferencia de Alto Nivel de
las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur, celebrada en Buenos Aires del 20 al 22
de marzo de 20192,
Acogiendo con beneplácito la 17ª Cumbre de Jefes de Estado o de Gobierno de los
Países No Alineados, celebrada en Isla Margarita (República Bolivariana de Venezuela) los
días 17 y 18 de septiembre de 2016, y recordando las cumbres y conferencias anteriores, en
que los Estados miembros del Movimiento de los Países No Alineados destacaron la
1
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Resolución 66/288 de la Asamblea General.
Resolución 73/291 de la Asamblea General.
GE.19-16831 (S)
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