A/RES/50/123
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Reconociendo asimismo la importante función del Fondo de Población de
las Naciones Unidas como órgano principal orientador del Grupo de Trabajo
encargado de la aplicación del Programa de Acción aprobado en el Cairo,
Recordando que la Asamblea General y el Consejo Económico y Social deben
cumplir las responsabilidades que se les confían en la Carta de las Naciones
Unidas respecto de la formulación de políticas y la orientación y coordinación
de las actividades de las Naciones Unidas en materia de población y
desarrollo,
Recordando también que el Consejo Económico y Social, en el contexto de
la función que le encomienda la Carta en relación con la Asamblea General, y
de conformidad con sus resoluciones 45/264, de 13 de mayo de 1991, 46/235, de
13 de abril de 1992, y 48/162, de 20 de diciembre de 1994, debe prestar
asistencia a la Asamblea en cuanto a promover un enfoque integrado de la
aplicación del Programa de Acción y a orientar y coordinar la vigilancia de
esa aplicación en todo el sistema,
1.
Toma nota del informe del Secretario General sobre la migración
internacional y el desarrollo 5/, incluidas las observaciones de los
gobiernos sobre los objetivos y las modalidades de la celebración de una
conferencia de las Naciones Unidas sobre la migración internacional y el
desarrollo;
2.
Insta a los Estados Miembros y al sistema de las Naciones Unidas a
que aumenten la cooperación internacional en la esfera de la migración
internacional y el desarrollo a fin de hacer frente a las causas básicas de la
migración, especialmente las relacionadas con la pobreza, maximizar las
ventajas que la migración internacional puede reportar a los interesados y
aumentar la probabilidad de que la migración internacional tenga consecuencias
positivas para el desarrollo sostenible tanto de los países de emigración como
de los países de inmigración;
3.
Exhorta a la comunidad internacional a que trate de hacer que la
opción de permanecer en el propio país sea viable para todas las personas; con
tal fin, se deben redoblar los esfuerzos por conseguir un desarrollo económico
y social sostenible, y un mejor equilibrio económico entre los países
desarrollados y los países en desarrollo;
4.
Invita a la Comisión de Población y Desarrollo a que examine en
1997, en el contexto de las medidas complementarias del Programa de Acción de
la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, en particular
su capítulo X, la relación mutua entre la migración internacional y el
desarrollo;
5.
Exhorta a todos los órganos, organizaciones y programas
pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y a otras organizaciones
intergubernamentales, regionales y subregionales a que aborden la cuestión de
la migración internacional y el desarrollo, y los invita a que hagan llegar
sus opiniones al Secretario General;
6.
Invita al Consejo Económico y Social a que, en su período de
sesiones de organización de 1997, examine la posibilidad de incluir, en el
contexto de su programa para 1997, el tema "Migración internacional y
desarrollo";
7.
Pide al Secretario General que, dentro de los límites de los
recursos disponibles, designe un centro de coordinación calificado y
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E/1995/69.
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