A/RES/74/233 Seguimiento de la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países en Desarrollo Sin Litoral 19. Reconoce que los países en desarrollo sin litoral son vulnerables al cambio climático, la degradación de la tierra, la desertificación, la deforestación, el retroceso de los glaciares, las inundaciones, incluidos los desbordamientos repentinos de los lagos glaciares, y las sequías, y siguen sufriendo los efectos ad versos de esos fenómenos, reconoce que hacer frente a esos problemas de manera conjunta puede reportar beneficios, y exhorta a la comunidad internacional a que siga apoyando los esfuerzos que realizan los países en desarrollo sin litoral para mitigar los e fectos del cambio climático, adaptarse a él y crear resiliencia; 20. Toma nota de las investigaciones científicas llevadas a cabo por el Grupo Internacional de Estudios para los Países en Desarrollo Sin Litoral, alienta a este a que siga cumpliendo su función de respaldar los esfuerzos en pro del desarrollo de los países en desarrollo sin litoral, insta a los países en desarrollo sin litoral que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen en cuanto puedan el Acuerdo Multilateral sobre la Creación del Grupo Internacional de Estudios para los Países en Desarrollo Sin Litoral, e invita a los interesados pertinentes a que apoyen al Grupo Internacional de Estudios; 21. Insta a que se establezcan vínculos coherentes y efectivos entre los mecanismos de aplicación, seguimiento y examen de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los de todos los procesos y conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, incluido el Programa de Acción de Viena; 22. Exhorta a las organizaciones y los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, e invita a las organizaciones internacionales y a las organizaciones regionales y subregionales pertinentes, a que integren el Programa de Acción de Viena en sus programas de trabajo, según proceda, en el marco de sus mandatos respectivos, y a que ayuden a los países en desarrollo sin litoral y de tránsito a ejecutar el Programa de Acción de manera bien coordinada y coherente; 23. Destaca que, de conformidad con el mandato que le confirió, la Oficina de la Alta Representante para los Países Menos Adelantados, los Países en Desarrollo Sin Litoral y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo debe seguir garantizando el seguimiento coordinado y la supervisión efectiva de la ejecución del Programa de Acción de Viena y los resultados de su examen de mitad de período y la presentación de informes al respecto, y llevar a cabo una labor de promoción a nivel nacional, regional y mundial; 24. Alienta encarecidamente a los Gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, los grupos principales y otros donantes a que hagan contribuciones de manera oportuna al fondo fiduciario de apoyo a las actividades de la Oficina de la Alta Representante a fin de apoyar la ejecución, el seguimiento y la supervisión del Programa de Acción de Viena; 25. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo quinto período de sesiones le presente un informe sobre los progresos realizados en la ejecución del Programa de Acción de Viena, y decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo quinto período de sesiones, en relación con el tema titulado “Grupos de países en situaciones especiales”, el subtema titulado “Seguimiento de la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países en Desarrollo Sin Litoral ”. 52 a sesión plenaria 19 de diciembre de 2019 6/6 19-22506

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