A/RES/74/233
Seguimiento de la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas
sobre los Países en Desarrollo Sin Litoral
19. Reconoce que los países en desarrollo sin litoral son vulnerables al cambio
climático, la degradación de la tierra, la desertificación, la deforestación, el retroceso
de los glaciares, las inundaciones, incluidos los desbordamientos repentinos de los
lagos glaciares, y las sequías, y siguen sufriendo los efectos ad versos de esos
fenómenos, reconoce que hacer frente a esos problemas de manera conjunta puede
reportar beneficios, y exhorta a la comunidad internacional a que siga apoyando los
esfuerzos que realizan los países en desarrollo sin litoral para mitigar los e fectos del
cambio climático, adaptarse a él y crear resiliencia;
20. Toma nota de las investigaciones científicas llevadas a cabo por el Grupo
Internacional de Estudios para los Países en Desarrollo Sin Litoral, alienta a este a
que siga cumpliendo su función de respaldar los esfuerzos en pro del desarrollo de
los países en desarrollo sin litoral, insta a los países en desarrollo sin litoral que aún
no lo hayan hecho a que ratifiquen en cuanto puedan el Acuerdo Multilateral sobre la
Creación del Grupo Internacional de Estudios para los Países en Desarrollo Sin
Litoral, e invita a los interesados pertinentes a que apoyen al Grupo Internacional
de Estudios;
21. Insta a que se establezcan vínculos coherentes y efectivos entre los
mecanismos de aplicación, seguimiento y examen de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible y los de todos los procesos y conferencias pertinentes de las
Naciones Unidas, incluido el Programa de Acción de Viena;
22. Exhorta a las organizaciones y los órganos competentes del sistema de las
Naciones Unidas, e invita a las organizaciones internacionales y a las organizaciones
regionales y subregionales pertinentes, a que integren el Programa de Acción de Viena
en sus programas de trabajo, según proceda, en el marco de sus mandatos respectivos,
y a que ayuden a los países en desarrollo sin litoral y de tránsito a ejecutar el Programa
de Acción de manera bien coordinada y coherente;
23. Destaca que, de conformidad con el mandato que le confirió, la Oficina de
la Alta Representante para los Países Menos Adelantados, los Países en Desarrollo
Sin Litoral y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo debe seguir garantizando
el seguimiento coordinado y la supervisión efectiva de la ejecución del Programa de
Acción de Viena y los resultados de su examen de mitad de período y la presentación
de informes al respecto, y llevar a cabo una labor de promoción a nivel nacional,
regional y mundial;
24. Alienta encarecidamente a los Gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, los grupos principales y otros donantes
a que hagan contribuciones de manera oportuna al fondo fiduciario de apoyo a las
actividades de la Oficina de la Alta Representante a fin de apoyar la ejecución, el
seguimiento y la supervisión del Programa de Acción de Viena;
25. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo quinto período de
sesiones le presente un informe sobre los progresos realizados en la ejecución del
Programa de Acción de Viena, y decide incluir en el programa provisional de su
septuagésimo quinto período de sesiones, en relación con el tema titulado “Grupos de
países en situaciones especiales”, el subtema titulado “Seguimiento de la Segunda
Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países en Desarrollo Sin Litoral ”.
52 a sesión plenaria
19 de diciembre de 2019
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