Naciones Unidas Asamblea General A/RES/55/211 Distr. general 22 de febrero de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 100 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/55/587)] 55/211. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro La Asamblea General, Recordando su resolución 54/5, de 8 de octubre de 1999, en la que otorgó la condición de observador a la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro, Recordando también que uno de los propósitos de las Naciones Unidas es lograr la cooperación internacional para la solución de problemas internacionales de carácter económico, social o humanitario, Recordando además los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que alientan a desarrollar actividades en el marco de la cooperación regional para la promoción de los propósitos y principios de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que la Carta firmada en la reunión en la cumbre de Yalta (Ucrania) el 5 de junio de 1998, que transformó la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro en una organización económica regional con personalidad jurídica internacional 1, y la Declaración de la Cumbre de Estambul, aprobada el 17 de noviembre de 1999 por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro 1, confirmaron el compromiso de la Organización de promover reformas económicas, sociales y democráticas efectivas en la región aplicando el principio pragmático de que la cooperación económica es una medida eficaz de fomento de la confianza, Convencida de que el fortalecimiento de la cooperación entre las Naciones Unidas y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro contribuye a la promoción de los propósitos y principios de las Naciones Unidas, 1. Toma nota de la Declaración de la Cumbre de Estambul, aprobada el 17 de noviembre de 1999 por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro 1, y de la conveniencia expresada en ella de reforzar la cooperación entre la Secretaría de las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro; 1 00 57184 Véase www.bsec.gov.tr.

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