A/HRC/RES/35/1 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 11 de julio de 2017 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 35º período de sesiones 6 a 23 de junio de 2017 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 22 de junio de 2017 35/1. Septuagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos y vigésimo quinto aniversario de la Declaración y el Programa de Acción de Viena El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos pertinentes, Observando que en 2018 se celebrará el septuagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y el vigésimo quinto aniversario de la Declaración y el Programa de Acción de Viena aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19932, y reconociendo la importancia de esos instrumentos para la promoción y la protección de todos los derechos humanos, Poniendo de relieve que los aniversarios brindan una valiosa oportunidad para sensibilizar y reflexionar sobre los logros, las mejores prácticas y las dificultades en lo que respecta a la plena efectividad de los derechos humanos de todas las personas, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, Reafirmando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí, que la comunidad internacional debe tratarlos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso, y que, si bien debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, Destacando la necesidad de proseguir la labor de los países destinados a hacer plenamente efectivos todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y reconociendo las ventajas de una mayor cooperación internacional con ese fin, 1 2 Resolución 217 A (III) de la Asamblea General. A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. GE.17-11599 (S) 190717  240717

Seleccionar párrafo de destino3