A/RES/48/246 Página 2 Teniendo presente además la resolución 905 (1994) del Consejo de Seguridad, de 23 de marzo de 1994, por la cual el Consejo prorrogó el mandato de la Misión hasta el 30 de junio de 1994, Recordando su decisión 48/477 de 23 de diciembre de 1993 sobre la financiación de la Misión, Reafirmando que los gastos de la Misión son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando su decisión anterior de que para sufragar los gastos de la Misión se requiere un procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada para hacer contribuciones a operaciones de esta índole, Teniendo presentes las responsabilidades especiales que incumben a los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Consciente de que es esencial proporcionar a la Misión los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, 1. Reafirma la importancia del papel de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto como órgano consultivo de la Asamblea General en relación con el proceso presupuestario; 2. Hace suyas las recomendaciones de la Comisión Consultiva formuladas en su informe oral 2/; 3. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para asegurar que la Misión de las Naciones Unidas en Haití se administre con un máximo de eficiencia y economía; 4. Insta a todos los Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance para pagar íntegra y puntualmente las cuotas que les correspondan para sufragar los gastos de la Misión; 5. Decide consignar en la Cuenta Especial mencionada en la decisión 48/477 de la Asamblea General la suma de 1.383.000 dólares de los Estados Unidos en cifras brutas (1.364.000 dólares en cifras netas), autorizada y prorrateada por la Asamblea en su decisión 48/477, para el funcionamiento de la Misión durante el período comprendido entre el 23 de septiembre de 1993 y el 22 de marzo de 1994; 6. Decide también consignar en la Cuenta Especial, de conformidad con la recomendación de la Comisión Consultiva formulada en su informe oral 2/, la suma total de 143.700 dólares en cifras brutas (138.100 dólares en cifras netas) para el funcionamiento de la Misión durante el período comprendido entre el 23 de marzo y el 30 de junio de 1994; /...

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