Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/57/68
Distr. general
30 de diciembre de 2002
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 66 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/57/510)]
57/71.
Reducciones bilaterales de las armas nucleares
estratégicas y nuevo marco estratégico
La Asamblea General,
Recordando su resolución 53/77 Z, de 4 de diciembre de 1998, y otras
resoluciones pertinentes,
Acogiendo con beneplácito la conclusión de las reducciones de las armas
estratégicas codificadas en el Tratado sobre la reducción y limitación de las armas
estratégicas ofensivas (START) 1, por parte de Belarús, los Estados Unidos de
América, la Federación de Rusia, Kazajstán y Ucrania,
Conviniendo en que los nuevos desafíos y amenazas mundiales exigen que se
sienten nuevas bases, cualitativamente diferentes, para fundamentar las relaciones
estratégicas entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia,
Observando con satisfacción el establecimiento de una nueva relación
estratégica entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia, basada en
los principios de mutua seguridad, confianza, apertura, cooperación y previsibilidad,
Reconociendo la determinación de los dos países de trabajar juntos y con otras
naciones y organizaciones internacionales para promover la seguridad, el bienestar
económico y un mundo libre pacífico y próspero,
Encomiando el acuerdo por el cual cada país reducirá sus ojivas nucleares
estratégicas a un número que no exceda de 1.700 a 2.200, según lo especificado en
el Tratado sobre las reducciones de las armas estratégicas ofensivas (Tratado de
Moscú) 2, antes del 31 de diciembre de 2012,
Estimando que las reducciones estratégicas convenidas afianzan el
compromiso de los Estados Unidos de América y de la Federación de Rusia en
virtud del artículo VI del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares3
_______________
1
Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 16: 1991 (publicación de las Naciones Unidas,
número de venta: S.92.IX.1), apéndice II.
2
Véase CD/1674.
3
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485.
02 54259
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