A/RES/56/145
Destacando la importancia de crear y promover condiciones que fomenten una
mayor armonía y tolerancia entre los trabajadores migratorios y el resto de la
sociedad del Estado en que residen, a fin de eliminar las crecientes manifestaciones
de racismo y xenofobia por parte de individuos y grupos contra los trabajadores
migratorios en ciertos sectores de muchas sociedades,
Recordando su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, en que aprobó
y abrió a la firma, ratificación y adhesión la Convención Internacional sobre la
protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares,
Teniendo presente que en la Declaración y Programa de Acción de Viena se
invita a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar la
Convención lo antes posible,
Expresa su profunda preocupación por las crecientes manifestaciones de
1.
racismo, xenofobia y otras formas de discriminación y trato inhumano o degradante
dirigidas contra trabajadores migratorios en diversas partes del mundo;
Observa con beneplácito que algunos Estados Miembros han firmado o
2.
ratificado la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos
los trabajadores migratorios y de sus familiares 7 o se han adherido a ella;
3.
Exhorta a todos los Estados Miembros a que consideren, como cuestión
prioritaria, la posibilidad de firmar y ratificar la Convención o de adherirse a ella,
expresa la esperanza de que entre en vigor en una fecha próxima y señala que, de
conformidad con el artículo 87 de la Convención, sólo se necesitan otras cuatro
ratificaciones o adhesiones para que entre en vigor;
4.
Pide al Secretario General que proporcione todas las facilidades y la
asistencia necesarias para la promoción de la Convención mediante la Campaña
Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos y el programa de
servicios de asesoramiento en materia de derechos humanos;
Observa con beneplácito la campaña mundial en pro de la entrada en
5.
vigor de la Convención e invita a las organizaciones y los organismos del sistema de
las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales a que intensifiquen más su labor con miras a difundir información
sobre la Convención y hacer que se comprenda su importancia;
6.
Observa también con beneplácito la labor de la Relatora Especial de la
Comisión de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes en
relación con la Convención y la alienta a que persevere en ella;
Toma nota del informe del Secretario General 8 y le pide que le presente
7.
un informe actualizado sobre la situación de la Convención en su quincuagésimo
séptimo período de sesiones;
Decide examinar el informe del Secretario General en su quincuagésimo
8.
séptimo período de sesiones en relación con el subtema titulado “Aplicación de los
instrumentos de derechos humanos”.
88ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2001
_______________
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8
2
Resolución 45/158, anexo.
A/56/179.
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