A/RES/50/58
Página 25
primer período de sesiones sobre la aplicación de la presente resolución;
7.
Decide examinar en su quincuagésimo primer período de sesiones la
cuestión de la asistencia especial de emergencia para la recuperación
económica y la reconstrucción de Burundi.
98a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1995
L
Situación en Rwanda: Asistencia internacional para la solución del
problema de los refugiados, el restablecimiento de la paz general, la
reconstrucción y el desarrollo socioeconómico de Rwanda
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 48/211, de 21 de diciembre de 1993, titulada
"Asistencia de emergencia para la recuperación socioeconómica de Rwanda" y
49/23, de 2 de diciembre de 1994, titulada "Asistencia internacional de
emergencia para la solución del problema de los refugiados, el
restablecimiento de la paz general, la reconstrucción y el desarrollo
socioeconómico de Rwanda, asolada por la guerra",
Recordando también la resolución 1029 (1995) del Consejo de Seguridad,
de 12 de diciembre de 1995, relativa a la prórroga final del mandato de la
Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda, en la que se pide a los
Estados y a los organismos donantes que cumplan sus compromisos anteriores de
prestar asistencia a las actividades de rehabilitación de Rwanda, aumenten
dicha asistencia y, en particular, apoyen el funcionamiento pronto y efectivo
del Tribunal Internacional para Rwanda y la rehabilitación del sistema
judicial rwandés,
Tomando nota del informe del Secretario General de 1º de diciembre de
1995 32/ y de la declaración del Presidente del Consejo de Seguridad de 17 de
octubre de 1995 33/, en relación con el examen por el Consejo del tema
titulado "La situación relativa a Rwanda",
Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 19 de octubre
de 1995, sobre la asistencia internacional de emergencia para la solución del
problema de los refugiados, el restablecimiento de la paz general, la
reconstrucción y el desarrollo socioeconómico de Rwanda asolada por la guerra
34/,
Teniendo en cuenta las graves consecuencias del genocidio y otros
asesinatos en masa, y de la destrucción de la infraestructura económica,
social, educacional y administrativa,
32/
S/1995/1002.
33/
S/PRST/1995/53.
34/
A/50/654.
/...