A/RES/51/46
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Recordando sus resoluciones 43/78 H y 43/85, de 7 de diciembre
1988, 44/21, de 15 de noviembre de 1989, 45/58 M, de 4 de diciembre
1990, 46/37 B, de 6 de diciembre de 1991, 47/53 F, de 15 de diciembre
1992, 48/76 A, de 16 de diciembre de 1993, 49/76 C, de 15 de diciembre
1994, y 50/721 B, de 12 de diciembre de 1995,
Considerando la importancia y la eficacia de las medidas de fomento de
la confianza adoptadas por iniciativa y con la participación de todos los
Estados interesados y habida cuenta de las características propias de cada
región, en razón de que esas medidas pueden contribuir al desarme regional y a
la seguridad internacional, de conformidad con los principios de la Carta,
Convencida de que los recursos liberados por el desarme, incluido el
desarme regional, pueden destinarse al desarrollo económico y social y a la
protección del medio ambiente en beneficio de todos los pueblos, en particular
los de los países en desarrollo,
Convencida también de que el desarrollo sólo puede alcanzarse en un
clima de paz, seguridad y confianza mutua, tanto en el plano interno como
entre los Estados,
Teniendo en cuenta que el 28 de mayo de 1992 el Secretario General creó
el Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas encargado de las
cuestiones de seguridad en el África central, cuya función consiste en
promover la limitación de los armamentos, el desarme, la no proliferación y el
desarrollo en la subregión,
Recordando la Declaración de Brazzaville sobre la cooperación para la
paz y la seguridad en el África central4,
1.
Toma nota del informe del Secretario General sobre las medidas de
fomento de la confianza en el plano regional5 que se refiere a las actividades
del Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas encargado de las
cuestiones de seguridad en el África central, desde la aprobación por la
Asamblea General de su resolución 50/71 B;
2.
Reafirma su apoyo a los esfuerzos encaminados a promover medidas
de fomento de la confianza en los planos regional y subregional con el fin de
aliviar las tensiones y los conflictos en la subregión y de promover el
desarme, la no proliferación de armamentos y el arreglo pacífico de las
controversias en el África central;
3.
Reafirma también su apoyo al programa de trabajo del Comité
Consultivo Permanente aprobado en su reunión de organización, celebrada en
Yaundé en julio de 1992;
4.
Celebra que dicho programa de trabajo haya conducido a la adopción
de medidas concretas de fomento de la confianza y la seguridad en la subregión
del África central;
4
A/50/474, anexo I.
5
A/51/287.
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