Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica A/RES/70/178 y Económicos y Promover el Estado de Derecho a Nivel Nacional e Internacional y la Participación Pública 7, Expresando su gran preocupación por los negativos efectos que la delincuencia organizada transnacional tiene en el desarrollo, la paz, la estabilidad y la seguridad, y los derechos humanos, por la creciente vulnerabilidad de los Estados a ese tipo de actividades delictivas y por el creciente grado de penetración de las organizaciones delictivas y de sus recursos económicos y financieros en la economía, Expresando preocupación por la participación de grupos delictivos organizados en el tráfico de metales preciosos y piedras preciosas en algunas partes del mundo, así como por el considerable aumento del volumen y la incidencia transnacional de dicho tráfico y la variedad de delitos penales relacionados con él, y por la posibilidad de que el tráfico de metales preciosos y piedras preciosas se utilice como fuente de financiación de la delincuencia organizada, otras actividades delictivas pertinentes y el terrorismo, Profundamente preocupada por los vínculos cada vez mayores, en ciertos casos, entre algunas formas de delincuencia organizada transnacional y el terrorismo, y reconociendo que la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y el terrorismo es una responsabilidad común y compartida, Convencida de que el estado de derecho y el desarrollo están estrechamente relacionados y se refuerzan mutuamente y de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional, entre otras cosas mediante mecanismo s de prevención del delito y de justicia penal, es esencial para el desarrollo sostenible y el crecimiento económico sostenido e inclusivo y la plena realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, incluido el derecho al desarrollo, y acogiendo con beneplácito en ese sentido la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 8, que, entre otras cosas, incluye la determinación de promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas, Poniendo de relieve que la lucha contra la delincuencia organizada transnacional debe llevarse a cabo respetando plenamente el principio de la soberanía de los Estados y de conformidad con el estado de derecho, en el marco de una respuesta integral para promover soluciones duraderas mediante la promoción de los derechos humanos y de condiciones socioeconómicas más equitativas, Alentando a los Estados Miembros a que, cuando corresponda, elaboren y apliquen políticas amplias, estrategias nacionales y locales y planes de acción para la prevención del delito basados en la comprensión de los numerosos factores que contribuyen a su comisión, y a que se ocupen de esos factores de manera integral, en estrecha cooperación con todos los interesados, incluida la sociedad civil, y destacando al respecto que el desarrollo social debería ser un elemento esencial de las estrategias dirigidas a fomentar la prevención del delito y el desarrollo económico en todos los Estados, Reafirmando su compromiso y firme voluntad política de apoyar unos sistemas de justicia penal eficaces, imparciales, humanos y responsables y las instituciones _______________ 7 8 2/17 Resolución 70/174, anexo. Resolución 70/1.

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