A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/138 30 de enero de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 104 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/627)] 50/138. Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación La Asamblea General, Recordando su resolución 49/150, de 23 de diciembre de 1994, Recordando también todas sus resoluciones pertinentes en que, entre otras cosas, condenó a todos los Estados que permiten o toleran el reclutamiento, la financiación, el entrenamiento, la concentración, el tránsito y la utilización de mercenarios con el objetivo de derrocar a los gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas, especialmente de países en desarrollo, o de luchar contra movimientos de liberación nacional, y recordando asimismo las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social y la Organización de la Unidad Africana, Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas relativos a la estricta observancia de los principios de la igualdad soberana, la independencia política, la integridad territorial de los Estados y la libre determinación de los pueblos, Alarmada y preocupada por el peligro que las actividades de los mercenarios representan para la paz y la seguridad de los países en desarrollo, en particular de África, y de los Estados pequeños, en los que gobiernos elegidos democráticamente han sido derrocados por mercenarios o como consecuencia de las actividades internacionales delictivas de mercenarios, Profundamente preocupada por la pérdida de vidas, los graves daños a la propiedad y los efectos negativos sobre la organización política y la economía de los países afectados que provocan las agresiones y las actividades criminales de los mercenarios, 96-76318 /...

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