A/RES/49/69
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Acogiendo con satisfacción las gestiones que está realizando el
Presidente de la Conferencia de Enmienda,
Recordando finalmente la declaración de clausura 5/ formulada por el
Presidente de la Conferencia de Enmienda de los Estados Partes en el Tratado
por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el
espacio ultraterrestre y debajo del agua en la reunión especial de los Estados
partes celebrada el 10 de agosto de 1993, en la cual se llegó a un amplio
acuerdo acerca de lo siguiente:
a)
Continuar la labor de la Conferencia de Enmienda y la labor de la
Conferencia de Desarme en pro de una prohibición completa de los ensayos
nucleares de manera que se apoyen y complementen mutuamente,
b)
Celebrar otra reunión especial a principios de 1994 para examinar
los acontecimientos y evaluar la situación en cuanto a la prohibición completa
de los ensayos, así como estudiar la viabilidad de reanudar la labor de la
Conferencia de Enmienda más avanzado el mismo año,
Promover la universalidad de una prohibición completa de los
c)
ensayos, para lo cual el Presidente de la Conferencia de Enmienda establecería
enlace con la Conferencia de Desarme y los cinco Estados poseedores de armas
nucleares,
1.
Toma nota con satisfacción de que en 1994 la Conferencia de
Desarme inició la negociación multilateral de un tratado de prohibición
completa de los ensayos nucleares, universal y efectivamente verificable, que
contribuya de modo eficaz a la prevención de la proliferación de las armas
nucleares en todos sus aspectos, al proceso de desarme y, en consecuencia, al
fomento de la paz y la seguridad internacionales;
2.
Toma nota de la intención del Presidente de la Conferencia de
convocar, tras las consultas necesarias y a la luz de la labor realizada por
la Conferencia de Desarme, otra reunión especial de los Estados partes en el
Tratado por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la
atmósfera, el espacio ultraterrestre y debajo del agua, como está previsto en
la resolución 48/69 de la Asamblea General, para examinar los acontecimientos
y evaluar la situación en cuanto a la prohibición completa de los ensayos, así
como estudiar la viabilidad de reanudar la labor de la Conferencia de
Enmienda;
3.
Recomienda que se disponga lo necesario para lograr la mayor
participación posible de las organizaciones no gubernamentales en la
Conferencia de Enmienda;
4.
Reitera su convicción de que, hasta que se concluya un tratado de
prohibición completa de los ensayos nucleares, los Estados poseedores de armas
nucleares deben suspender todas las explosiones de ensayos nucleares mediante
una moratoria convenida o moratorias unilaterales;
5/
A/48/381, anexo.
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