A/RES/72/140
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de enero de 2018
Septuagésimo segundo período de sesiones
Tema 27 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 19 de diciembre de 2017
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/72/431)]
72/140.
Las personas con albinismo
La Asamblea General,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 y recordando los
tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, entre ellos el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 3, la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad 4, la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 5 y la Convención sobre los
Derechos del Niño 6, así como el Programa de Acción Mundial para las Personas con
Discapacidad 7,
Recordando la resolución 70/229, de 23 de diciembre de 2015, su resolución
anterior relativa a las personas con albinismo,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 23/13,
de 13 de junio de 20138, relativa a los ataques y la discriminación contra las personas
con albinismo, 24/33, de 27 de septiembre de 2013, relativa a la cooperación técnica
para la prevención de las agresiones a las personas con albinismo 9, y 28/6, de 26 de
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Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
A/37/351/Add.1 y A/37/351/Add.1/Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación 1 (IV).
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones,
Suplemento núm. 53 (A/68/53), cap. V, secc. A.
Ibid., Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III.
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