A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/180
14 de enero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 95 a) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/626/Add.1)]
52/180. Corrientes financieras mundiales y su repercusión sobre los países en
desarrollo
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 51/166, de 16 de diciembre de 1996, titulada "Integración financiera
mundial y fortalecimiento de la colaboración entre el sistema de las Naciones Unidas y las instituciones
de Bretton Woods", y su resolución 50/91, de 20 de diciembre de 1995, titulada "Integración financiera
mundial: dificultades y oportunidades", así como la resolución 1996/43 del Consejo Económico y Social,
de 26 de julio de 1996, sobre el fortalecimiento de la colaboración entre el sistema de las Naciones Unidas
para el desarrollo y las instituciones de Bretton Woods,
Subrayando que, en el contexto de la integración financiera mundial, las corrientes financieras
mundiales plantean nuevos desafíos y oportunidades a la comunidad internacional y que deberían constituir
un elemento muy importante del diálogo entre el sistema de las Naciones Unidas y las instituciones de
Bretton Woods,
Expresando su preocupación por el hecho de que varios países en desarrollo, al liberalizar sus
sistemas económicos y financieros externos, se hayan vuelto más vulnerables a las fluctuaciones bruscas
de las corrientes de capital privado en los mercados financieros internacionales, y subrayando la
importancia de que en los países interesados exista un clima favorable a las corrientes financieras privadas,
a políticas macroeconómicas racionales y al buen funcionamiento de los mercados,
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