A/RES/74/235
Las mujeres en el desarrollo
posible realizar todo el potencial humano y alcanzar el desarrollo sostenible si se
sigue negando a la mitad de la humanidad el pleno disfrute de sus derechos humanos
y sus oportunidades, que las mujeres y las niñas deben tener igual acceso a una
educación de calidad, a los recursos económicos y a la participación política, así como
las mismas oportunidades que los hombres y los niños en el empleo, los puestos de
liderazgo y la adopción de decisiones a todos los niveles, que trabajará para lograr un
aumento significativo de las inversiones destinadas a paliar la disparidad entre los
géneros y fortalecer el apoyo a las instituciones en relación con la igualdad de género
y el empoderamiento de las mujeres en el plano mundial, regional y nacional, que se
eliminarán todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres y las
niñas, incluso mediante la participación de los hombres y los niños, y que la
incorporación sistemática de una perspectiva de género en la implementación de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 16 es crucial;
4.
Reafirma también el compromiso con el fomento de la inclusión social en
las políticas nacionales y el fomento y la implementación de leyes no
discriminatorias, infraestructura social y políticas que favorezcan el desarrollo
sostenible, así como que posibiliten la participación plena, igual y efectiva de las
mujeres en la economía, y su igual acceso a los procesos de adopción de decisiones y
al liderazgo;
5.
Pone de relieve la necesidad de vincular las políticas de desarrollo
económico, social y ambiental para asegurar que todas las personas, en particular las
mujeres y los niños que viven en la pobreza y en situación de vulnerabilidad, se
beneficien del crecimiento económico inclusivo y el desarrollo, de conformidad con
los objetivos del Consenso de Monterrey de la Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo 17, la Declaración de Doha sobre la Financiación para
el Desarrollo: documento final de la Conferencia Internacional de Seguimiento sobre
la Financiación para el Desarrollo encargada de Examinar la Aplicación del Consenso
de Monterrey 18, y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 19;
6.
Reafirma que el logro de la igualdad de género, el empoderamiento de
todas las mujeres y niñas y el pleno ejercicio de sus derechos humanos es esencial
para alcanzar un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equ itativo y el
desarrollo sostenible, reitera la necesidad de incorporar la perspectiva de género, en
particular con medidas e inversiones especiales, en la formulación y aplicación de
todas las políticas financieras, económicas, ambientales y sociales, y re afirma además
el compromiso de adoptar políticas racionales, legislación aplicable y medidas
transformativas, y fortalecer las existentes, para promover la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas en todos los niveles, asegurar su igualdad
de derechos, acceso y oportunidades de participación y liderazgo en la economía y
eliminar la violencia por razón de género y la discriminación en todas sus formas;
7.
Destaca la importancia de que los Gobiernos, las organizaciones
internacionales, incluidas las Naciones Unidas, el sector privado, las organizaciones
no gubernamentales, los sindicatos y otros interesados creen, en todos los ámbitos de
la vida y en los planos nacional e internacional, un entorno favorable y propicio a la
integración efectiva de las mujeres y las niñas en el desarrollo, y de que emprendan
y difundan un análisis que tenga en cuenta las diferencias entre los géneros de las
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Resolución 70/1.
Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey
(México), 18 a 22 de marzo de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta
S.02.II.A.7), cap. I, resolución 1, anexo.
Resolución 63/239, anexo.
Resolución 69/313, anexo.
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