A/RES/58/290 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 14 de mayo de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 21 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 14 de abril de 2004 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/58/L.59 y Add.1)] 58/290. Los diamantes como factor en los conflictos: romper el vínculo entre el comercio ilícito de diamantes en bruto y los conflictos armados a fin de contribuir a la prevención y solución de los conflictos La Asamblea General, Reconociendo que el comercio de diamantes de zonas en conflicto es motivo de profunda preocupación a nivel internacional y puede ser un factor directamente relacionado con los conflictos armados, las actividades de los movimientos rebeldes para debilitar o derrocar a gobiernos legítimos y el tráfico ilícito y la proliferación de armamentos, en especial de armas pequeñas y armas ligeras, Reconociendo también que los conflictos en los cuales son un factor los diamantes de zonas en conflicto tienen consecuencias devastadoras para la paz y la seguridad de los habitantes de los países afectados, así como las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos que se han perpetrado en esos conflictos, Observando el efecto negativo que tienen esos conflictos en la estabilidad regional y las obligaciones que incumben a los Estados en virtud de la Carta de las Naciones Unidas por lo que se refiere al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, Reconociendo, por tanto, que es indispensable que se sigan adoptando medidas para frenar el comercio de diamantes de zonas en conflicto, Reconociendo también los beneficios que genera el comercio legítimo de diamantes para los países productores y destacando la necesidad de que se sigan adoptando medidas internacionales para evitar que el problema de los diamantes de zonas en conflicto afecte de manera negativa al comercio legítimo de diamantes, que aporta una contribución fundamental a la economía de muchos Estados productores, exportadores e importadores, en especial los Estados en desarrollo, Observando que la gran mayoría de los diamantes en bruto que se producen en el mundo son de origen legítimo, Recordando la Carta y todas las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a los diamantes de zonas en conflicto, y decidida a contribuir a la aplicación de las medidas previstas en esas resoluciones y a apoyarlas, 03 51195

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