A/HRC/RES/43/31
c)
Las medidas israelíes en forma de políticas, leyes y prácticas que impiden la
plena participación de los palestinos en la vida política, social, económica y cultural del
Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, así como su pleno desarrollo
tanto en la Ribera Occidental como en la Franja de Gaza;
8.
Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que:
a)
Ponga fin sin demora a su ocupación de los territorios ocupados desde 1967,
que puede entrañar una contravención del derecho internacional, revierta su política de
asentamientos en los territorios ocupados, incluidos Jerusalén Oriental y el Golán sirio, y,
como primera medida para el desmantelamiento de las actividades relacionadas con los
asentamientos, detenga inmediatamente la expansión de los asentamientos existentes,
incluidos su llamado crecimiento natural y las actividades conexas, impida todo nuevo
asentamiento de colonos en los territorios ocupados, incluida Jerusalén Oriental, y deseche
el llamado plan E-1;
b)
Ponga fin a todas las violaciones de los derechos humanos, especialmente del
derecho a la libre determinación, relacionadas con la presencia de asentamientos, y cumpla
su obligación internacional de proporcionar un recurso efectivo a las víctimas;
c)
Adopte medidas inmediatas para prohibir y erradicar todas las políticas y
prácticas que discriminen y afecten de manera desproporcionada a la población palestina
del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, entre otros medios poniendo
fin al sistema de carreteras diferentes para uso exclusivo de los colonos israelíes, que
residen en dicho territorio de manera ilegal, a la compleja combinación de restricciones de
la circulación mediante el muro, los cortes de carreteras y un régimen de permisos que
afecta únicamente a la población palestina, a la aplicación de un ordenamiento jurídico
doble que ha facilitado el establecimiento y la consolidación de los asentamientos, y a otras
violaciones y formas de discriminación institucionalizada;
d)
Ponga fin a la requisa y todas las demás formas de apropiación ilícita de
tierras palestinas, incluidas las denominadas tierras del Estado, y a su asignación para el
establecimiento y la expansión de los asentamientos, así como a la concesión de beneficios
e incentivos a los asentamientos y los colonos;
e)
Ponga fin a todas las prácticas y políticas que dan lugar a la fragmentación
territorial del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que están
aislando a las comunidades palestinas en enclaves separados y alterando deliberadamente la
composición demográfica del Territorio Palestino Ocupado;
f)
Adopte y aplique medidas firmes, incluidas la confiscación de armas y la
imposición de sanciones penales, para evitar todos los actos de violencia por parte de
colonos israelíes y asegurar la plena rendición de cuentas por dichos actos, y adopte otras
medidas para garantizar la seguridad y la protección de la población civil palestina y los
bienes palestinos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental;
g)
Ponga fin a todas las actividades, incluidas las de colonos israelíes, que dañen
el medio ambiente, como el vertido en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén
Oriental, y en el Golán sirio ocupado de todo tipo de materiales de desecho, que ponen en
grave peligro sus recursos naturales, tanto hídricos como terrestres, y que constituyen una
amenaza para el medio ambiente, el saneamiento y la salud de la población civil;
h)
Deje de explotar, dañar, destruir o agotar y poner en peligro los recursos
naturales del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y el Golán sirio
ocupado;
9.
Acoge con beneplácito la aprobación de las Directrices de la Unión Europea
sobre el derecho de las entidades israelíes y sus actividades en los territorios ocupados por
Israel desde junio de 1967 a optar a las subvenciones, premios e instrumentos financieros
financiados por la Unión Europea desde 2014;
10.
Insta a todos los Estados y las organizaciones internacionales a que se
aseguren de que no toman medidas que reconozcan la expansión de los asentamientos o la
construcción del muro en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, o
ayuden o contribuyan a ellas, y a que sigan aplicando activamente políticas que aseguren el
6
GE.20-08528