A/RES/59/153 6. Pide a la Secretaría que someta a la consideración del 11° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal las directrices de asistencia técnica formuladas y examinadas en la reunión de expertos que se celebró en Ciudad del Cabo (Sudáfrica) del 24 al 27 de febrero de 20043, para que la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal pueda examinarlas en su siguiente período de sesiones; Pide a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que 7. siga colaborando con las organizaciones internacionales, en particular los organismos especializados y otras entidades competentes de las Naciones Unidas que realicen actividades complementarias de su labor, a fin de aumentar la sinergia; Insta a los Estados Miembros a que sigan trabajando de consuno, incluso 8. en los planos regional y bilateral y en estrecha colaboración con las Naciones Unidas, para prevenir y combatir los actos de terrorismo fortaleciendo la cooperación internacional y la asistencia técnica en el marco de las resoluciones del Consejo de Seguridad 1373 (2001), 1377 (2001) y 1456 (2003), así como de los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo, las resoluciones del Consejo 1267 (1999), de 15 de octubre de 1999, 1333 (2000), de 19 de diciembre de 2000, 1390 (2002), de 16 de enero de 2002, 1455 (2003), de 17 de enero de 2003, 1526 (2004), de 30 de enero de 2004, y 1535 (2004), y otras resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, y de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional; Invita a los Estados Miembros a que, durante el 11° Congreso de las 9. Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, estudien la forma de reforzar la cooperación internacional en cuestiones de justicia penal relacionadas con la prevención del terrorismo, con miras a fortalecer las iniciativas mundiales de lucha contra el terrorismo; 10. Pide a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que, con sujeción a la disponibilidad de recursos extrapresupuestarios, intensifique sus esfuerzos por prestar a los países que lo soliciten asistencia técnica para prevenir y combatir el terrorismo mediante la aplicación de los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo, haciendo particular hincapié en la necesidad de coordinar su labor con el Comité contra el Terrorismo y su Dirección Ejecutiva, incluso capacitando a los funcionarios judiciales y de fiscalía, cuando proceda, para aplicar debidamente los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo; 11. Pide también a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que utilice un enfoque integrado y sinérgico al prestar asistencia técnica a los Estados que la soliciten, teniendo en cuenta los vínculos que existen entre el terrorismo y otras formas de delincuencia; 12. Expresa su reconocimiento a los países donantes que han prestado apoyo al Programa Mundial contra el Terrorismo mediante contribuciones voluntarias al Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal o a la red del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, e invita a todos los Estados Miembros a que hagan contribuciones voluntarias al Fondo a fin de que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito pueda prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que la soliciten; 4

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