A/RES/52/118
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Considerando que el funcionamiento eficaz de los órganos establecidos de conformidad con los
instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos es indispensable para la aplicación plena
y efectiva de esos instrumentos,
Consciente de la importancia de coordinar las actividades de promoción y protección de los derechos
humanos de los órganos de las Naciones Unidas que trabajan en la esfera de los derechos humanos,
Recordando que para que los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos puedan
alentar eficazmente a los Estados partes a cumplir con sus obligaciones contraídas en virtud de
instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, hace falta un diálogo constructivo, que debe
basarse en el proceso de presentación de informes y suplementarse con información procedente de todas
las fuentes correspondientes, y tener por objetivo prestar asistencia a los Estados partes en la búsqueda
de soluciones a los problemas relativos a los derechos humanos,
Recordando asimismo las iniciativas adoptadas por varios órganos creados en virtud de tratados de
derechos humanos de elaborar medidas de alerta temprana y procedimientos urgentes, en el marco de sus
mandatos, para impedir que se produzcan o se repitan violaciones graves de los derechos humanos,
Reafirmando su responsabilidad de velar por el buen funcionamiento de los órganos creados en virtud
de tratados de derechos humanos, y reafirmando también la importancia de:
a) Fomentar el funcionamiento eficaz del sistema de presentación de informes periódicos de los
Estados partes en esos instrumentos,
b) Obtener recursos financieros, humanos y de información suficientes para superar la falta de
recursos que afecta a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, que menoscaba la capacidad de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
para desempeñar eficazmente el mandato que les ha sido conferido,
c) Promover una mayor eficacia y eficiencia mediante una mejor coordinación de las actividades
de los órganos de las Naciones Unidas que actúan en la esfera de los derechos humanos, teniendo en
cuenta la necesidad de evitar la duplicación y superposición innecesarias en sus mandatos y funciones,
d) Tener en cuenta la cuestión de las obligaciones de presentar informes y la de las consecuencias
financieras cada vez que se preparen nuevos instrumentos de derechos humanos,
Preocupada porque la falta de recursos suficientes pueda impedir el funcionamiento eficaz de los
órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, incluso en lo que respecta a la posibilidad
de llevar a cabo su labor en los idiomas de trabajo que correspondan,
Tomando nota del informe del Secretario General sobre la aplicación efectiva de los instrumentos
internacionales de derechos humanos, incluidas las obligaciones en materia de presentación de informes
de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos4,
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A/52/445.
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