A/RES/72/224
Garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas, y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Acogiendo con beneplácito el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes en el Acuerdo a que lo apliquen plenamente y a las partes
en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún
no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda,
Recordando su resolución 55/2, de 8 de septiembre de 2000, en la que aprobó la
Declaración del Milenio, el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 3 y el
documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre los
Objetivos de Desarrollo del Milenio 4,
Reafirmando la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 5 y
el Programa 21 6 y los principios enunciados en esos documentos, y recordando las
recomendaciones y conclusiones que figuran en el Plan de Aplicación de las
Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación
de las Decisiones de Johannesburgo) 7 y el documento final de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado “El futuro que queremos” 8,
así como el documento final de la Tercera Conferencia Internacional sobre los
Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, titulado “Modalidades de Acción
Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo ” (Trayectoria de
Samoa) 9, de la segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países en
Desarrollo Sin Litoral, titulado “Programa de Acción de Viena en favor de los Países
en Desarrollo Sin Litoral para el Decenio 2014-2024” 10, y de la Cuarta Conferencia
de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, titulado “Programa de
Acción de Estambul en favor de los Países Menos Adelantados para el Decenio
2011-2020” 11,
Acogiendo con beneplácito la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano
Sostenible (Hábitat III), que se celebró en Quito (Ecuador) del 17 al 20 de octubre de
2016 12,
Reafirmando que cada país debe asumir la responsabilidad primordial de su
propio desarrollo y que nunca se insistirá lo suficiente en la importancia de las
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático como
consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 60/1.
Resolución 65/1.
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo I.
Ibid., anexo II.
Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica),
26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta:
S.03.II.A.1 y correcciones), cap. I, resolución 2, anexo.
Resolución 66/288, anexo.
Resolución 69/15, anexo.
Resolución 69/137, anexo II.
Informe de la cuarta Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados,
Estambul (Turquía), 9 a 13 de mayo de 2011 (A/CONF.219/7), cap. II.
Resolución 71/256, anexo.
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