A/RES/74/121
Políticas y programas relativos a la juventud
jóvenes, exploren y promuevan rutas nuevas y concretas para la participación plena,
efectiva, estructurada y sostenible de los jóvenes y las organizaciones dirigidas por
jóvenes en los procesos pertinentes de adopción de decisiones y su supervisión, en
todas las esferas de la vida política, económica, social y cultural, particularmente en
la formulación y aplicación de políticas, programas e iniciativas, al tiempo que se
implementa la Agenda 2030;
31. Alienta a los Estados Miembros a que incluyan a representantes de los
jóvenes en las delegaciones nacionales que participan en todos los debates pertinentes
en la Asamblea General y sus órganos subsidiarios, en el Consejo Económico y Social
y sus comisiones orgánicas, y en las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas,
cuando proceda, teniendo presentes los principios de equilibrio de género y no
discriminación, y pone de relieve que dichos representantes deben ser elegidos
mediante un proceso transparente que les garantice un mandato adecuado para
representar a los jóvenes de sus países;
32. Exhorta al Programa de las Naciones Unidas sobre la Juventud del
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales a que continúe actuando como
centro de coordinación en el sistema de las Naciones Unidas para promover una
mayor colaboración y coordinación respecto de las cuestiones relacionadas con los
jóvenes, entre otros, con los Gobiernos en lo que respecta al programa de
representantes de la juventud de las Naciones Unidas;
33. Exhorta a los donantes, incluidos los Estados Miembros y las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que contribuyan
activamente al Fondo de las Naciones Unidas para la Juventud con el fin de
facilitar la participación de representantes de los jóvenes de países en desarrollo
en las actividades de las Naciones Unidas, teniendo en cuenta la necesidad de
lograr un mayor equilibrio geográfico entre los representantes de los jóvenes, y
de acelerar la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes y
apoyar la elaboración del Informe sobre la Juventud Mundial y, a este respecto,
solicita al Secretario General que adopte las medidas oportunas para alentar las
contribuciones al Fondo;
34. Reconoce el aumento de la colaboración por medio d e la Red
Interinstitucional de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Juventud en la
formulación del Plan de Acción del Sistema de las Naciones Unidas para la
Juventud, solicita a las entidades de las Naciones Unidas que, con los recursos
disponibles, sigan coordinando su labor encaminada a aplicar un enfoque más
coherente, amplio e integrado al desarrollo de los jóvenes, exhorta a las entidades
de las Naciones Unidas y a los asociados pertinentes a que apoyen las iniciativas
nacionales, regionales e internacionales a fin de hacer frente a los problemas que
obstaculizan el desarrollo de los jóvenes y, a este respecto, los alienta a que
colaboren estrechamente con los Estados Miembros y otras partes interesadas
pertinentes, incluida la sociedad civil;
35. Reconoce también la función de la Enviada del Secretario General para
la Juventud y su tarea de llevar la voz de los jóvenes al sistema de las Naciones
Unidas en los ámbitos de la participación, la promoción, las alianzas y la
armonización señalados en su plan de trabajo y alienta a la Enviada a que continúe
trabajando en estrecha colaboración con los Gobiernos, las entidades de las
Naciones Unidas, la sociedad civil, las organizaciones de jóvenes, los círculos
académicos y los medios de información, po tenciando y fortaleciendo la posición
de los jóvenes dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas, incluso mediante
la realización de visitas a los países, a solicitud de los Estados Miembros
interesados, y exhorta a los Estados Miembros y a las entid ades de las Naciones
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