A/RES/74/121 Políticas y programas relativos a la juventud jóvenes, exploren y promuevan rutas nuevas y concretas para la participación plena, efectiva, estructurada y sostenible de los jóvenes y las organizaciones dirigidas por jóvenes en los procesos pertinentes de adopción de decisiones y su supervisión, en todas las esferas de la vida política, económica, social y cultural, particularmente en la formulación y aplicación de políticas, programas e iniciativas, al tiempo que se implementa la Agenda 2030; 31. Alienta a los Estados Miembros a que incluyan a representantes de los jóvenes en las delegaciones nacionales que participan en todos los debates pertinentes en la Asamblea General y sus órganos subsidiarios, en el Consejo Económico y Social y sus comisiones orgánicas, y en las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, cuando proceda, teniendo presentes los principios de equilibrio de género y no discriminación, y pone de relieve que dichos representantes deben ser elegidos mediante un proceso transparente que les garantice un mandato adecuado para representar a los jóvenes de sus países; 32. Exhorta al Programa de las Naciones Unidas sobre la Juventud del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales a que continúe actuando como centro de coordinación en el sistema de las Naciones Unidas para promover una mayor colaboración y coordinación respecto de las cuestiones relacionadas con los jóvenes, entre otros, con los Gobiernos en lo que respecta al programa de representantes de la juventud de las Naciones Unidas; 33. Exhorta a los donantes, incluidos los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que contribuyan activamente al Fondo de las Naciones Unidas para la Juventud con el fin de facilitar la participación de representantes de los jóvenes de países en desarrollo en las actividades de las Naciones Unidas, teniendo en cuenta la necesidad de lograr un mayor equilibrio geográfico entre los representantes de los jóvenes, y de acelerar la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Jóvenes y apoyar la elaboración del Informe sobre la Juventud Mundial y, a este respecto, solicita al Secretario General que adopte las medidas oportunas para alentar las contribuciones al Fondo; 34. Reconoce el aumento de la colaboración por medio d e la Red Interinstitucional de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Juventud en la formulación del Plan de Acción del Sistema de las Naciones Unidas para la Juventud, solicita a las entidades de las Naciones Unidas que, con los recursos disponibles, sigan coordinando su labor encaminada a aplicar un enfoque más coherente, amplio e integrado al desarrollo de los jóvenes, exhorta a las entidades de las Naciones Unidas y a los asociados pertinentes a que apoyen las iniciativas nacionales, regionales e internacionales a fin de hacer frente a los problemas que obstaculizan el desarrollo de los jóvenes y, a este respecto, los alienta a que colaboren estrechamente con los Estados Miembros y otras partes interesadas pertinentes, incluida la sociedad civil; 35. Reconoce también la función de la Enviada del Secretario General para la Juventud y su tarea de llevar la voz de los jóvenes al sistema de las Naciones Unidas en los ámbitos de la participación, la promoción, las alianzas y la armonización señalados en su plan de trabajo y alienta a la Enviada a que continúe trabajando en estrecha colaboración con los Gobiernos, las entidades de las Naciones Unidas, la sociedad civil, las organizaciones de jóvenes, los círculos académicos y los medios de información, po tenciando y fortaleciendo la posición de los jóvenes dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas, incluso mediante la realización de visitas a los países, a solicitud de los Estados Miembros interesados, y exhorta a los Estados Miembros y a las entid ades de las Naciones 10/11 19-22041

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos