Fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos A/RES/74/153 en Durban (Sudáfrica) del 31 de agosto al 8 de septiembre de 2001, la Conferencia de Examen de Durban, celebrada en Ginebra del 20 al 24 de abril de 2009, y la declaración política de la reunión de alto nivel de la Asamblea General para celebrar el décimo aniversario de la aprobación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban 4, así como su contribución al fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos, Reconociendo que el fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos es esencial para conseguir plenamente los propósitos de las Naciones Unidas, incluidas la promoción y la protección efectivas de todos los derechos humanos, Reconociendo también que la promoción y protección de los derechos humanos debe basarse en el principio de cooperación y diálogo genuino a fin de fortalecer la capacidad de los Estados Miembros para cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos en beneficio de todas las personas, Subrayando que la cooperación no es solo una cuestión de relaciones de buena vecindad, coexistencia o reciprocidad, sino más bien una disposición a mirar más allá de los intereses comunes para promover el interés general, Destacando la importancia de la cooperación internacional para mejorar las condiciones de vida de todas las personas en todos los países, en particular los países en desarrollo, Reafirmando que el diálogo entre religiones, culturas y civilizaciones en la esfera de los derechos humanos podría contribuir en gran medida a fortalecer la cooperación internacional en esa esfera, Reiterando la importante función que el diálogo genuino sobre los derechos humanos puede desempeñar en el fortalecimiento de la cooperación en la esfera de los derechos humanos en los planos bilateral, regional e internacional, Reconociendo que el fortalecimiento de la cooperación internacional y del diálogo genuino contribuye al funcionamiento eficaz del sistema internacional de derechos humanos, Poniendo de relieve que el diálogo sobre los derechos humanos debe ser constructivo y basarse en los principios de universalidad, indivisibilidad, objetividad, no selectividad, no politización, respeto mutuo e igualdad de trato, con el fin de facilitar la comprensión recíproca y el fortalecimiento de la cooperación constructiva, por ejemplo, mediante el desarrollo de la capacidad y la cooperación técnica entre los Estados, Poniendo de relieve también la necesidad de seguir avanzando en la tarea de promover y fomentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales por medios como la cooperación internacional, Subrayando que la comprensión mutua, el diálogo, la cooperación, la transparencia y el fomento de la confianza son elementos importantes de todas las actividades de promoción y protección de los derechos humanos, Recordando que la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos aprobó en su 52º período de sesiones la resolución 2000/22, de 18 de agosto de 2000, relativa a la promoción del diálogo sobre cuestiones de derechos humanos 5, 1. Reafirma que uno de los propósitos de las Naciones Unidas y responsabilidad de todos los Estados Miembros es promover, proteger y fomentar el __________________ 4 5 2/4 Resolución 66/3. Véase E/CN.4/2001/2-E/CN.4/Sub.2/2000/46, cap. II, secc. A. 19-22275

Seleccionar párrafo de destino3