A/RES/58/51 nucleares, teniendo en cuenta las deliberaciones y los resultados de los períodos de sesiones anteriores, debería hacer todo lo posible en sus sesiones tercera y, si ha lugar, cuarta, para preparar un informe con recomendaciones a la Conferencia; 17. Destaca la importancia de que se presenten informes periódicos con objeto de fomentar la confianza en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares; 18. Exhorta a los Estados poseedores de armas nucleares a que respeten plenamente los compromisos que han contraído respecto de las garantías de seguridad hasta que se negocien a nivel multilateral garantías de seguridad jurídicamente vinculantes para todos los Estados partes no poseedores de armas nucleares; 19. Toma conocimiento de las propuestas en materia de garantías de seguridad que se han presentado a los Estados partes en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y exhorta al Comité Preparatorio de la Conferencia de las Partes del Año 2005 encargada del examen del Tratado a que en su tercera sesión dedique tiempo a examinar a fondo la cuestión de las garantías de seguridad a fin de formular recomendaciones a la Conferencia sobre la forma de seguir abordándola; 20. Exhorta a los tres Estados (la India, Israel y el Pakistán) que aún no son partes en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y que explotan instalaciones nucleares no sometidas a salvaguardias a que se adhieran incondicionalmente y sin demora al Tratado como Estados no poseedores de armas nucleares, a que apliquen los acuerdos de salvaguardias amplias pertinentes, junto con protocolos adicionales compatibles con el Modelo de Protocolo Adicional al(a los) Acuerdo(s) entre el(los) Estado(s) y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la Aplicación de Salvaguardias aprobado por la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica el 15 de mayo de 1997 10, para garantizar la no proliferación nuclear, y a que revoquen claramente y con urgencia toda política encaminada a desarrollar o desplegar armas nucleares y se abstengan de toda medida que pueda comprometer la paz y la seguridad regionales e internacionales, así como los esfuerzos de la comunidad internacional por lograr el desarme nuclear y prevenir la proliferación de las armas nucleares; 21. Reafirma su convicción de que el establecimiento de zonas libres de armas nucleares internacionalmente reconocidas sobre la base de acuerdos libremente concertados entre los Estados de las regiones afectadas fortalece la paz y la seguridad mundial y regional, refuerza el régimen de no proliferación nuclear y contribuye a la realización del objetivo del desarme nuclear; 22. Expresa preocupación por las tensiones en el Oriente Medio y el Asia meridional y reitera su apoyo al establecimiento de una zona libre de armas nucleares y otras armas de destrucción en masa en el Oriente Medio, y de una zona libre de armas nucleares en el Asia meridional; 23. Exhorta a todos los Estados que no lo han hecho a que concierten acuerdos de salvaguardias totales con el Organismo Internacional de Energía Atómica y protocolos adicionales a sus acuerdos de salvaguardias sobre la base del Modelo de Protocolo; _______________ 10 6 Organismo Internacional de Energía Atómica, INFCIRC/540 (corregido).

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