A/HRC/RES/46/28 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 26 de marzo de 2021 Español Original: francés Consejo de Derechos Humanos 46º período de sesiones 22 de febrero a 24 de marzo de 2021 Tema 10 de la agenda Asistencia técnica y fomento de la capacidad Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 24 de marzo de 2021 46/28. Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en Malí El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos y los demás instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes, Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, Recordando también sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos, ambas de 18 de junio de 2007, Recordando además sus resoluciones 20/17, de 6 de julio de 2012, relativa a la situación de los derechos humanos en Malí, 22/18, de 21 de marzo de 2013, en la que se estableció el mandato del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Malí, y 25/36, de 28 de marzo de 2014, 31/28, de 24 de marzo de 2016, 34/39, de 24 de marzo de 2017, 37/39, de 23 de marzo de 2018, 40/26, de 22 de marzo de 2019, y 43/38, de 22 de junio de 2020, en las que se prorrogó el mandato del Experto Independiente, Reafirmando que incumbe principalmente a los Estados la responsabilidad de promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y los demás instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes en los que sean parte, Reafirmando también su adhesión a la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de Malí, Tomando nota con satisfacción del informe del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Malí1, Profundamente preocupado por la perturbación del orden constitucional en Malí, observando el establecimiento de la arquitectura de la transición en el país —mediante el nombramiento de un presidente, un vicepresidente, un primer ministro, un gobierno de 1 A/HRC/46/68. GE.21-04048 (S) 010421 060421

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