A/RES/65/97
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
20 de enero de 2011
Sexagésimo quinto período de sesiones
Tema 50 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2010
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial
y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/65/421)]
65/97. Cooperación internacional para la utilización del espacio
ultraterrestre con fines pacíficos
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 51/122, de 13 de diciembre de 1996, 54/68,
de 6 de diciembre de 1999, 59/2, de 20 de octubre de 2004, 61/110 y 61/111,
de 14 de diciembre de 2006, 62/101, de 17 de diciembre de 2007, 62/217, de 22 de
diciembre de 2007, y 64/86, de 10 de diciembre de 2009,
Profundamente convencida de que conviene a toda la humanidad que se
fomenten y amplíen la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines
pacíficos, como patrimonio de toda la humanidad, y se persevere en los esfuerzos
para que todos los Estados puedan gozar de los beneficios derivados de esas
actividades, y profundamente convencida también de la importancia de la
cooperación internacional en esa esfera, respecto de la cual las Naciones Unidas
deberían seguir siendo un centro de coordinación,
Reafirmando la importancia de la cooperación internacional para el fomento
del estado de derecho, incluidas las normas relevantes del derecho espacial, que
desempeñan un papel importante en la cooperación internacional para la exploración
y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, así como la importancia de
que el mayor número posible de Estados se adhiera a los tratados internacionales que
promueven la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos a fin de hacer
frente a los nuevos desafíos que se presenten, en especial para los países en desarrollo,
Profundamente preocupada por la posibilidad de que se inicie una carrera de
armamentos en el espacio ultraterrestre, y teniendo presente la importancia del
artículo IV del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los
Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y
otros cuerpos celestes 1 (Tratado sobre el espacio ultraterrestre),
Reconociendo que todos los Estados, en particular los que poseen una capacidad
importante en materia espacial, deben contribuir activamente al logro del objetivo
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10-51839
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 610, núm. 8843.
*1051839*
Se ruega reciclar
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