A/RES/53/18 B
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7. Pide también al Secretario General que, con objeto de reducir el costo de emplear personal del
cuadro de servicios generales, continúe haciendo lo posible para que se contrate personal local para ocupar
los puestos del cuadro de servicios generales de la Misión, en consonancia con las necesidades de la
misma;
8. Decide consignar en la Cuenta Especial para la Misión de las Naciones Unidas para el
Referéndum del Sáhara Occidental la suma de 52.124.911 dólares en cifras brutas (48.173.311 dólares en
cifras netas) para el funcionamiento de la Misión durante el período comprendido entre el 1º de julio de
1999 y el 30 de junio del 2000, incluidas la suma de 2.593.381 dólares para la cuenta de apoyo para las
operaciones de mantenimiento de la paz y la suma de 508.530 dólares para la Base Logística de las
Naciones Unidas en Brindisi (Italia);
9. Decide también, como medida especial, prorratear entre los Estados Miembros la suma de
10.714.566 dólares en cifras brutas (9.902.291 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre
el 1º de julio y el 14 de septiembre de 1999, con arreglo a la composición de los grupos indicada en los
párrafos 3 y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1º de marzo de 1989, modificada por
la Asamblea en sus resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991,
46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, 49/249 A, de 20 de julio
de 1995, 49/249 B, de 14 de septiembre de 1995, 50/224, de 11 de abril de 1996, 51/218 A a C, de 18 de
diciembre de 1996, y 52/230, de 31 de marzo de 1998, y en sus decisiones 48/472 A, de 23 de diciembre
de 1993, y 50/451 B, de 23 de diciembre de 1995, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año
1999, que figura en su resolución 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997;
10. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de
diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros
indicado en el párrafo 9 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos,
de los ingresos por concepto de contribuciones del personal estimados en 812.275 dólares que se
aprobaron para el período comprendido entre el 1º de julio y el 14 de septiembre de 1999;
11. Decide, como medida especial, prorratear entre los Estados Miembros la suma de 41.410.345
dólares en cifras brutas (38.271.020 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre el 15 de
septiembre de 1999 y el 30 de junio del 2000, a razón de 4.343.743 dólares en cifras brutas (4.014.443
dólares en cifras netas) por mes, con arreglo al procedimiento establecido en la presente resolución y a
la escala de cuotas para los años 1999 y 2000, que figura en su resolución 52/215 A, siempre que el
Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Misión más allá del 14 de septiembre de 1999;
12. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), se deduzcan de
las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 11 supra las partes
que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos por concepto de
contribuciones del personal estimados en 3.139.325 dólares que se aprobaron para el período comprendido
entre el 15 de septiembre de 1999 y el 30 de junio del 2000;
13. Decide además que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones
financieras respecto de la Misión, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo indicado en el párrafo
9 supra las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 6.523.200 dólares en cifras brutas
(5.357.200 dólares en cifras netas) con respecto al período comprendido entre el 1˚ de julio de 1997 y el
30 de junio de 1998;
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