A/RES/73/143
Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento
tengan en cuenta en su implementación a fin de asegurar que n adie se quede atrás,
incluidas las personas de edad,
Observando las novedades recientes que se han producido a nivel regional en
cuanto a la protección y promoción de los derechos humanos de las personas de edad,
como la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de
las Personas Mayores y el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de
los Pueblos relativo a los Derechos de las Personas de Edad en África,
Observando también que entre 2017 y 2030 se prevé que el número de personas
mayores de 60 años crezca un 46 %, de 962 millones a 1.400 millones, superando
globalmente a la juventud, así como a los niños y las niñas menores de 10 años 5, y
que el aumento mayor y más rápido será en el mundo en desarrollo, y reconociendo
que es necesario prestar más atención a los problemas específicos que afectan a las
personas de edad, incluso en el ámbito de los derechos humanos,
Recordando las resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud relativas al
envejecimiento, en particular la resolución 58.16, de 25 de mayo de 2005, relativa a
la promoción de un envejecimiento activo y saludable 6, que destacó el importante
papel que desempeñaban las políticas y los programas de salud pública para permitir
que las personas de edad, cuyo número aumenta rápidamente, gozaran de buena salud
y siguieran contribuyendo de manera intensa y crucial al bienestar de sus familias,
comunidades y sociedades, la resolución 65.3, de 25 de mayo de 2012, sobre el
fortalecimiento de las políticas relativas a las enfermedades no transmisibles para
fomentar un envejecimiento activo 7 , que reconoció que el envejecimiento de la
población era uno de los importantes factores que coadyuvaban al aumento de la
incidencia y la prevalencia de las enfermedades no transmisible s y señaló la
importancia de las actividades de fomento de la salud y prevención de la enfermedad
a lo largo de la vida, y la resolución 69.3, de 29 de mayo de 2016, titulada “Estrategia
y plan de acción mundiales sobre el envejecimiento y la salud 201 6-2020: hacia un
mundo en el que todas las personas puedan vivir una vida prolongada y sana ” 8,
Reconociendo que muchos países en desarrollo y países con economías en
transición tienen que afrontar la doble carga de combatir las nuevas enfermedades
transmisibles y las que vuelven a aparecer, como el VIH/sida, la tuberculosis y la
malaria, así como la amenaza creciente de las enfermedades no transmisibles, y
expresando preocupación por la repercusión en las personas de edad,
Preocupada porque muchos sistemas de salud no están suficientemente
preparados para responder a las necesidades de una población que envejece con
rapidez, incluida la necesidad de atención preventiva, curativa, paliativa y
especializada,
Profundamente preocupada porque en muchas partes del mundo la situación de
las personas de edad se ha visto afectada negativamente por la crisis financiera y
económica mundial, y observando con preocupación la alta incidencia de la pobreza
entre ellas, especialmente entre las mujeres solteras de edad avanz ada,
Reconociendo la contribución esencial que las personas de edad pueden seguir
haciendo al funcionamiento de las sociedades y al logro de la implementación de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y reconociendo también la importancia
del disfrute pleno y efectivo de sus derechos humanos,
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Naciones Unidas, Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, División de Población,
World Population Prospects: 2017 Revision.
Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA58/2005/REC/1.
Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA65/2012/REC/1.
Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA69/2016/REC/1.
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