A/RES/58/80
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de enero de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 155 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/58/517)]
58/80. Aplicación de las disposiciones de la Carta de las Naciones
Unidas relativas a la asistencia a terceros Estados afectados
por la aplicación de sanciones
La Asamblea General,
Preocupada por los problemas económicos especiales que afrontan ciertos
Estados como consecuencia de la aplicación de medidas preventivas o coercitivas
adoptadas por el Consejo de Seguridad contra otros Estados, y teniendo presente la
obligación que incumbe a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, conforme al
Artículo 49 de la Carta de las Naciones Unidas, de prestarse ayuda mutua para llevar a
cabo las medidas dispuestas por el Consejo de Seguridad,
Recordando el derecho de los terceros Estados que afrontan problemas
económicos especiales de esa naturaleza a consultar al Consejo de Seguridad acerca de
la solución de tales problemas, de conformidad con el Artículo 50 de la Carta,
Reconociendo la conveniencia de considerar nuevas medidas apropiadas para
celebrar consultas a fin de hacer frente en forma más efectiva a los problemas
mencionados en el Artículo 50 de la Carta,
Recordando:
a)
El informe del Secretario General titulado “Un programa de paz” 1, en
particular el párrafo 41,
b)
Su resolución 47/120 A, de 18 de diciembre de 1992, titulada “Un
programa de paz: diplomacia preventiva y cuestiones conexas”, su resolución
47/120 B, de 20 de septiembre de 1993, titulada “Un programa de paz”, en particular
la sección IV, titulada “Problemas económicos especiales resultantes de la aplicación
de medidas preventivas o coercitivas”, y su resolución 51/242, de 15 de septiembre de
1997, titulada “Suplemento de un programa de paz”, en particular el anexo II, titulado
“Cuestión de las sanciones impuestas por las Naciones Unidas”,
c)
El documento de posición del Secretario General titulado “Suplemento de
un programa de paz” 2,
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1
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03 45774
A/47/277-S/24111.
A/50/60-S/1995/1.