A/RES/52/164
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2. Insta a todos los Estados a que firmen y ratifiquen, acepten o aprueben el Convenio o se
adhieran a él.
72a. sesión plenaria
15 de diciembre de 1997
ANEXO
Convenio Internacional para la represión de los atentados
terroristas cometidos con bombas
Los Estados Partes en el presente Convenio,
Teniendo presentes los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos al
mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y al fomento de las relaciones de amistad y buena
vecindad y la cooperación entre los Estados,
Profundamente preocupados por el hecho de que se intensifican en todo el mundo los atentados
terroristas en todas sus formas y manifestaciones,
Recordando la Declaración con motivo del cincuentenario de las Naciones Unidas, de 24 de octubre
de 19953,
Recordando también la Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional, que
figura en el anexo de la resolución 49/60 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1994, en la que,
entre otras cosas, "los Estados Miembros de las Naciones Unidas reafirman solemnemente que condenan
en términos inequívocos todos los actos, métodos y prácticas terroristas por considerarlos criminales e
injustificables, dondequiera y quienquiera los cometa, incluidos los que ponen en peligro las relaciones
de amistad entre los Estados y los pueblos y amenazan la integridad territorial y la seguridad de los
Estados",
Observando que en la Declaración se alienta además a los Estados "a que examinen con urgencia el
alcance de las disposiciones jurídicas internacionales vigentes sobre prevención, represión y eliminación
del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, a fin de asegurar la existencia de un marco jurídico
global que abarque todos los aspectos de la cuestión",
Recordando la resolución 51/210 de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1996, y la
Declaración complementaria de la Declaración de 1994 sobre medidas para eliminar el terrorismo
internacional, que figura en el anexo de esa resolución,
Observando que los atentados terroristas con explosivos u otros artefactos mortíferos se están
generalizando cada vez más,
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Véase resolución 50/6.
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