A/HRC/47/38 sexual y reproductiva y han hecho que se pierdan oportunidades de detectar y denunciar casos de violencia111. 56. Durante el brote de la enfermedad por el virus del Ébola, el porcentaje de embarazos entre las adolescentes las comunidades afectadas por la crisis duplicó el de las adolescentes de comunidades menos afectadas112. En tiempos de crisis aumentan los matrimonios concertados y forzados, impulsados por prácticas tradicionales nocivas en un contexto de pobreza agravada113. Las niñas casadas se enfrentan a un mayor riesgo de mortalidad relacionada con el embarazo y de fístula obstétrica, una lesión prevenible y devastadora vinculada al embarazo que causa incontinencia y puede conducir a la estigmatización, el abandono y la exclusión social114. Sin embargo, en la mayoría de los casos el matrimonio infantil y las necesidades de salud sexual y reproductiva de las adolescentes siguen sin abordarse en situaciones humanitarias115. 2. Mujeres y niñas del medio rural 57. Las zonas rurales suelen estar insuficientemente atendidas, lo que deja a las mujeres y niñas del medio rural aún más expuestas a la vulneración de sus derechos en materia de salud sexual y reproductiva cuando se produce una crisis. El acceso a los anticonceptivos es escaso116, y la mortalidad y la morbilidad maternas, por ejemplo, trastornos como la fístula obstétrica y el prolapso uterino, tienen una incidencia elevada entre las mujeres y las niñas del medio rural117. Hay mayores tasas de mortinatalidad118. Los obstáculos con los que suelen encontrarse las mujeres y las niñas de las zonas rurales son las largas distancias a los centros de salud, el coste, la falta de proveedores formados, los largos tiempos de espera, la falta de información y confidencialidad y las limitaciones derivadas de una elevada carga de trabajo119. Muchos de estos obstáculos se manifiestan de forma más aguda en situaciones de crisis. 58. Las mujeres y las niñas viven el acaparamiento de tierras y las operaciones de las industrias extractivas en los territorios rurales de los pueblos indígenas como una crisis 120 que amenaza su propia supervivencia. A menudo son objeto de violencia sexual, también en forma de trata y explotación sexual, lo que se ha relacionado con una mayor incidencia de infecciones de transmisión sexual y VIH121. 3. Mujeres y niñas con discapacidad 59. En las respuestas a las crisis, a menudo no se tienen en cuenta de manera específica las necesidades de las mujeres y las niñas con discapacidad, por ejemplo, mediante ajustes razonables, como la instalación de rampas y el suministro de camas portátiles y sillas de ruedas, para garantizar su acceso a los bienes y servicios de salud sexual y reproductiva 122. La información no suele estar disponible en formatos accesibles, lo que dificulta el acceso a 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 GE.21-05607 Véanse las comunicaciones presentadas por Kenya y Finlandia; y Colleen Marcoux, “Sexual and reproductive health”. Banco Mundial, “Empowering adolescent girls in a crisis context: lessons from Sierra Leone in the time of Ebola”, reseña de políticas núm. 34, 2019. Véanse CRC/C/SYR/CO/5; la recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y la observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2019), aprobadas de manera conjunta; y las comunicaciones presentadas por la Feminist Alliance for Rights y Malí. Véase www.who.int/news-room/facts-in-pictures/detail/10-facts-on-obstetric-fistula. Véase la comunicación presentada por Plan International. Véase www.choiceforyouth.org/assets/Docs/198f89dc19/PositionPaper_CSW_DEF.pdf. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general núm. 34 (2016). Véase https://data.unicef.org/resources/a-neglected-tragedy-stillbirth-estimates-report/. Véase www.choiceforyouth.org/assets/Docs/198f89dc19/PositionPaper_CSW_DEF.pdf. Opiniones expresadas durante las consultas regionales. Véase también la comunicación presentada por Pathways for Women's Empowerment and Development. Véanse Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Pueblos indígenas y tribales de la región panamazónica”, 2019; A/HRC/36/46/Add.1; A/HRC/39/17/Add.3; y E/C.19/2013/9. Véase la comunicación del Foro de la ASEAN sobre la Discapacidad. 17

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