A/HRC/47/38
fases de recuperación, los participantes pidieron que se diera prioridad a la salud sexual y
reproductiva33.
C.
Principales factores subyacentes que agravan los riesgos
y amenazas
1.
Leyes, políticas y prácticas discriminatorias
22.
La denegación del acceso a diversas formas de atención de la salud reproductiva,
como la atención de la salud materna, incluida la atención obstétrica de urgencia, y la
penalización del aborto constituyen un profundo incumplimiento de la obligación de
garantizar la igualdad en el ámbito de la salud sexual y reproductiva 34. La denegación del
acceso a toda la gama de información y servicios de anticoncepción, así como la no
eliminación de los obstáculos que impiden acceder a ellos, y los estereotipos que presentan
el “papel natural” de la mujer como madre para justificar dicha denegación, constituyen una
forma de discriminación contra las mujeres y las niñas que pone en peligro su bienestar 35.
23.
Las violaciones de los derechos en materia de salud sexual y reproductiva están
vinculadas a la discriminación estructural. Estas violaciones adoptan múltiples formas, como
la esterilización forzada, el aborto forzado, el embarazo forzado, la tipificación como delito
del aborto, la denegación o postergación del aborto sin riesgo o de la atención posterior al
aborto, la continuación forzada del embarazo y el abuso y el maltrato de las mujeres y las
niñas que buscan información, bienes y servicios de salud sexual y reproductiva, que se han
reconocido como formas de violencia por razón de género y que pueden constituir tortura o
trato cruel, inhumano o degradante36. El enjuiciamiento y el encarcelamiento de las mujeres
y las niñas por un aborto espontáneo o una muerte fetal son discriminatorios y vulneran
derechos humanos muy diversos.
24.
Los protocolos y las salvaguardias legales que aseguran la intimidad, la
confidencialidad y el consentimiento libre e informado y la adopción libre e informada de
decisiones, sin coacción, discriminación o temor a la violencia, son necesarios para garantizar
la igualdad en el disfrute de los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las
mujeres y las niñas37. El estigma que a menudo se atribuye a las condiciones relacionadas
con la salud sexual y reproductiva, como la fístula obstétrica, la menstruación, el aborto, el
embarazo en la adolescencia y las infecciones de transmisión sexual, tiene sus raíces en
estereotipos de género discriminatorios y normas patriarcales que deben eliminarse a través
de políticas e intervenciones adecuadas38.
2.
Falta de atribución de prioridad a los derechos en materia de salud sexual
y reproductiva por parte de los Estados
25.
Sistemáticamente, los Estados dejan de cumplir la gama completa de sus obligaciones
de derechos humanos relacionadas con los derechos en materia de salud sexual y reproductiva
durante las situaciones de crisis y antes de una crisis. El Grupo de Trabajo observa con suma
preocupación que, de los países que informaron sobre el examen y la evaluación de la
aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en 2020, solo el 20 %
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8
Véase www.who.int/hac/techguidance/pht/reproductive_health_protracted_crises_and_recovery.pdf.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, observación general núm. 22 (2016);
A/HRC/21/22; Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Da Silva Pimentel c.
el Brasil (CEDAW/C/49/D/17/2008); CEDAW/C/OP.8/PHL/1; y A/HRC/32/44. Véanse también
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general núm. 24
(1999) y recomendación general núm. 33 (2015).
CEDAW/C/OP.8/PHL/1, párrs. 33, 36 y 43; y Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, observación general núm. 22 (2016), párr. 28.
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general núm. 35
(2017). Véase también A/74/137.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, observación general núm. 22 (2016); y
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general núm. 24
(1999).
Véase A/HRC/32/44.
GE.21-05607
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