A/RES/58/218
10. Decide dedicar los recursos destinados anteriormente a los antiguos
grupos especiales de trabajo entre períodos de sesiones de la Comisión para apoyar
la participación de representantes de Estados miembros de la Comisión en sus
reuniones regionales respectivas en cada ciclo de ejecución;
11. Invita a los países donantes a que consideren la posibilidad de apoyar la
participación de expertos de los países en desarrollo en los ámbitos de agua,
saneamiento y asentamientos humanos en los próximos períodos de sesiones de
examen y formulación de políticas de la Comisión;
12. Decide que los recursos liberados tras la terminación de los trabajos del
Comité de Energía y Recursos Naturales para el Desarrollo, cuyas tareas se han
transferido a la Comisión, se utilicen para apoyar la labor de la Comisión;
13. Alienta a los gobiernos, y a las organizaciones a todos los niveles, así
como a los grupos principales, incluida la comunidad científica y docente, a que
emprendan iniciativas y actividades orientadas a resultados que apoyen la labor de
la Comisión y que promuevan y faciliten la ejecución del Programa 21 y del Plan
para su ulterior ejecución y el Plan de Aplicación de Johannesburgo, en particular
mediante iniciativas voluntarias de asociación entre múltiples interesados;
14. Alienta a los gobiernos a que participen en el nivel adecuado, a través de
representantes de los departamentos y organismos competentes encargados de los
sectores del agua, el saneamiento y los asentamientos humanos, en los próximos
períodos de sesiones de examen y formulación de políticas de la Comisión;
15. Pide a la Secretaría que presente a la Comisión, en su 12° período de
sesiones, un informe resumido con información sintetizada sobre asociaciones, de
conformidad con su programa y la organización de sus trabajos, teniendo en cuenta
la particular pertinencia de esos informes en los años de examen, con miras a
compartir la experiencia adquirida y las mejores prácticas y definir y abordar
problemas, deficiencias y limitaciones en la ejecución del Programa 21 y del Plan
para su ulterior ejecución y el Plan de Aplicación de Johannesburgo;
16. Solicita a la Comisión que, de conformidad con su resolución 47/191, de
22 de diciembre de 1992, y como fue estipulado por la Comisión en su 11° período
de sesiones, examine los progresos realizados en las cuestiones intersectoriales de
los grupos temáticos pertinentes, utilizando contribuciones de todos los niveles;
17. Pide al Consejo Económico y Social que aplique las disposiciones del
Plan de Aplicación de Johannesburgo pertinentes a su mandato, en particular para
promover la ejecución del Programa 21 mediante el fortalecimiento de la
coordinación a nivel de todo el sistema;
18. Insta a la Secretaría a que, en la preparación de los informes del
Secretario General mencionados en el párrafo 8 supra, tenga debidamente en cuenta
los informes nacionales;
19. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo noveno
período de sesiones el tema titulado “Ejecución del Programa 21 y del Plan para
su ulterior ejecución y aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial sobre el
Desarrollo Sostenible”, y pide al Secretario General que, en ese período de sesiones,
presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución.
78ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2003
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