A/HRC/44/39
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
30 de junio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
15 de junio a 3 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Derecho a la educación: preocupaciones, desafíos y
oportunidades en relación con los efectos de la crisis
de la enfermedad por coronavirus en el derecho a la
educación
Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la educación*
Resumen
En el presente informe, preparado de conformidad con las resoluciones 8/4, 35/2
y 38/9 del Consejo de Derechos Humanos, la Relatora Especial sobre el derecho a la
educación encomia los esfuerzos realizados por los Gobiernos durante la crisis de la
enfermedad por coronavirus (COVID-19) para preservar vidas humanas en momentos de
incertidumbres científicas.
La crisis de la COVID-19 ha tenido numerosas implicaciones en todos los sectores
de la vida humana y ha traído consigo una crisis económica y una crisis educativa. En el
presente informe, la Relatora Especial analiza las cuestiones que considera más
apremiantes desde la perspectiva de los derechos humanos. Actuar en el marco de los
derechos humanos es, en efecto, crucial para garantizar que las medidas adoptadas en
respuesta a la pandemia no pongan en peligro el derecho a la educación ni aumenten el
sufrimiento de los más marginados.
La Relatora Especial subraya que, si bien muchos interesados gubernamentales y no
gubernamentales han adoptado multitud de medidas innovadoras en todo el mundo para
garantizar cierta continuidad en la educación, en ningún caso cabría haber esperado que
compensaran la patente falta de preparación mundial para hacer frente a una crisis de esta
magnitud. Los errores cometidos en el pasado en la construcción de unos sistemas
educativos sólidos y resilientes y en la lucha contra unas desigualdades que están
profundamente arraigadas han tenido efectos devastadores en los más vulnerables y
marginados, una situación a la que ninguna medida provisional adoptada con premura
podría haber respondido plenamente.
* Este informe se presentó con retraso a los servicios de conferencias sin la explicación necesaria en
virtud del párrafo 8 de la resolución 53/208 B de la Asamblea General.
GE.20-08533 (S)
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