A/RES/56/504 Naciones Unidas Distr. general 26 de julio de 2002 Asamblea General Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 151 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/56/987)] 56/504. Financiación de la Misión de las Naciones Unidas en Haití La Asamblea General, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la financiación de la Misión de las Naciones Unidas en Haití 1 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2, Recordando la resolución 1048 (1996) del Consejo de Seguridad, de 29 de febrero de 1996, por la que el Consejo prorrogó el mandato de la Misión por un período final de cuatro meses hasta el 30 de junio de 1996, así como todas las resoluciones anteriores del Consejo sobre la Misión, Recordando también su decisión 48/477, de 23 de diciembre de 1993, sobre la financiación de la Misión y sus resoluciones y decisiones posteriores al respecto, la más reciente de las cuales es la decisión 53/477, de 8 de junio de 1999, Reafirmando que los gastos de la Misión son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de la Misión se requiere un procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada de contribuir a operaciones de esa índole, Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en su resolución 1874 (S-IV), de 27 de junio de 1963, Observando con reconocimiento contribuciones voluntarias a la Misión, _______________ 1 2 02 46162 A/56/851. A/56/887. que algunos gobiernos han hecho

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