A/RES/48/89
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Convencida de que la ratificación universal de la Convención o la
adhesión universal a ella y la aplicación inmediata de sus disposiciones
contribuirán a la erradicación del crimen de apartheid,
1.
Toma nota del informe del Secretario General relativo a la
situación de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del
Crimen de Apartheid 3/;
2.
Encomia a los Estados partes en la Convención que han presentado
sus informes con arreglo al artículo VII de la misma;
3.
Hace un llamamiento
Naciones Unidas, los organismos
gubernamentales internacionales
actividades encaminadas a crear
el crimen de apartheid;
a todos los Estados, los órganos de las
especializados y las organizaciones no
y nacionales para que intensifiquen sus
una mayor conciencia en el público denunciando
4.
Subraya la importancia de la ratificación universal de la
Convención, que constituiría una contribución eficaz a la realización de los
ideales de la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos
de derechos humanos;
5.
Hace una vez más un llamamiento a los Estados que aún no lo hayan
hecho para que ratifiquen la Convención o se adhieran a ella sin más demora;
6.
Pide al Secretario General que intensifique sus esfuerzos, por los
conductos apropiados, para difundir información sobre la Convención y su
aplicación, a fin de seguir promoviendo la ratificación de la Convención o la
adhesión a ella;
7.
Pide también al Secretario General que, en el siguiente informe
anual que presente con arreglo a la resolución 3380 (XXX) de la Asamblea
General, de 10 de noviembre de 1975, incluya una sección especial relativa a
la aplicación de la Convención.
84ª sesión plenaria
20 de diciembre de 1993
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A/48/438.