A/HRC/RES/42/34
Observando los progresos realizados por las Fuerzas Armadas de la República
Democrática del Congo para prevenir el reclutamiento y la utilización de niños y poner fin
a esas prácticas, lo que ha propiciado su eliminación de la lista relativa a esa violación que
figura en el informe anual de la Representante Especial del Secretario General para la
Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, y los logrados en la lucha contra la
impunidad,
Preocupado por las consecuencias humanitarias de la violencia que afecta a las
poblaciones civiles, especialmente a los niños y las mujeres, que han dado lugar a un
incremento considerable del número de desplazados internos y de personas que necesitan
asistencia humanitaria,
Acogiendo favorablemente el desarme de algunas milicias armadas en la región de
Kasái tras las elecciones del 30 de diciembre de 2018 y exhortando al mismo tiempo a las
milicias aún activas a que procedan a su desarme y desmovilización,
Acogiendo con beneplácito la organización de las elecciones presidenciales y
elecciones legislativas nacionales y provinciales, que han dado lugar al primer traspaso
pacífico del poder entre Jefes de Estado en la historia de la República Democrática del
Congo, así como el importante papel desempeñado por las misiones de observación
nacionales y regionales de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo, la
Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos y la Unión Africana,
Acogiendo con satisfacción la puesta en libertad, en marzo de 2019, de varios
centenares de presos calificados de presos políticos y de opinión, así como las medidas
preliminares adoptadas por el Presidente de la República para poner fin a las restricciones
del espacio democrático en la República Democrática del Congo, en particular a la
detención y reclusión arbitrarias de miembros de la oposición política y representantes de la
sociedad civil y a la restricción de las libertades fundamentales, como la libertad de opinión
y de expresión, la libertad de prensa y el derecho de reunión pacífica, y alentando la
adopción de nuevas medidas tendentes a la pronta consecución de este objetivo,
Exhortando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que prosiga e
intensifique su labor encaminada a respetar, proteger y garantizar todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, de conformidad con sus
obligaciones internacionales, y a que respete el estado de derecho,
Reconociendo la importante función que desempeñan la Misión de Estabilización de
las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo y la Oficina Conjunta de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo en la
documentación de las violaciones de los derechos humanos y los abusos cometidos contra
estos y en la mejora de la situación de esos derechos en el país,
Observando la labor realizada en la región, en particular por la Comunidad de África
Meridional para el Desarrollo, la Unión Africana, la Conferencia Internacional sobre la
Región de los Grandes Lagos y la Comunidad Económica de los Estados de África Central,
para contribuir a la paz y la estabilidad en la República Democrática del Congo,
Observando también, por un lado, los progresos realizados en la lucha contra la
impunidad de los autores de actos de violencia sexual y el acceso de las víctimas a la
justicia para obtener reparación por los daños sufridos, entre otros medios gracias al
establecimiento, por la Oficina del Representante Personal del Jefe de Estado encargada de
combatir la violencia sexual y el reclutamiento de niños, de un teléfono de asistencia para
las víctimas de actos de violencia sexual, que contribuye a luchar contra la impunidad, y,
por otro lado, la aprobación por el Gobierno de la República Democrática del Congo de un
plan de acción de lucha contra la violencia sexual y de protección de los niños destinado a
la policía nacional,
Observando además la labor realizada por la República Democrática del Congo para
cumplir los compromisos dimanantes del Acuerdo Marco sobre la Paz, la Seguridad y la
Cooperación para la República Democrática del Congo y la Región, firmado en Addis
Abeba el 24 de febrero de 2013,
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GE.19-16917