A/RES/55/73 Tomando nota con reconocimiento también de la importancia que asigna el Secretario General a promover la estricta adhesión al derecho de los refugiados, el derecho internacional humanitario y los instrumentos de derechos humanos, Reconociendo que el objetivo último de toda la asistencia humanitaria debe ser salvar vidas humanas y facilitar la transición, en el momento oportuno, hacia la rehabilitación y la reconstrucción, y el fortalecimiento de la capacidad y de las instituciones locales, según sea necesario, en los países y las regiones afectados, Reconociendo, además, la urgente necesidad de seguir aumentando la cooperación y la coordinación internacionales en la esfera humanitaria, 1. Toma nota del apoyo constante del Secretario General a la labor de promover un nuevo orden humanitario internacional; 2. Invita al Secretario General a que siga promoviendo la estricta adhesión al derecho de los refugiados, el derecho internacional humanitario, los instrumentos de derechos humanos y las normas y los principios internacionalmente aceptados en situaciones de conflicto armado y situaciones complejas de emergencia; 3. Insta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como a las demás partes interesadas, a que presten cooperación y apoyo al Secretario General en su labor, entre otras cosas, por conducto de los organismos competentes de las Naciones Unidas y los mecanismos organizacionales establecidos para atender las necesidades de asistencia y protección de las víctimas de situaciones complejas de emergencia, así como la seguridad del personal de asistencia humanitaria de las Naciones Unidas y otras organizaciones; 4. Insta a todos los gobiernos y a todas las partes en situaciones complejas de emergencia humanitaria a que garanticen el acceso seguro y sin obstáculos del personal de asistencia humanitaria para permitirle desempeñar eficientemente su labor de prestar asistencia a las poblaciones civiles afectadas; 5. Invita a los gobiernos a que, con carácter voluntario, faciliten al Secretario General información y asesoramiento en relación con problemas humanitarios que revistan especial interés para ellos a fin de determinar posibilidades de acción en el futuro; 6. Invita a la Oficina Independiente sobre Cuestiones Humanitarias a que prosiga e intensifique sus actividades, incluida su cooperación con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría y los demás órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas; 7. Pide al Secretario General que se mantenga en contacto con los gobiernos interesados y las organizaciones internacionales y no gubernamentales competentes y que le presente en su quincuagésimo séptimo período de sesiones un informe sobre los progresos realizados en la promoción de un nuevo orden humanitario internacional y el respeto del derecho de los refugiados, del derecho internacional humanitario y de los instrumentos de derechos humanos en situaciones de conflicto armado y de emergencia. 81a. sesión plenaria 4 de diciembre de 2000 2

Seleccionar párrafo de destino3