S/RES/2730 (2024)
Naciones Unidas
Consejo de Seguridad
Distr. general
24 de mayo de 2024
Resolución 2730 (2024)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9634 a sesión,
celebrada el 24 de mayo de 2024
El Consejo de Seguridad,
Reiterando su responsabilidad primordial en el mantenimiento de la paz y la
seguridad internacionales y, en este contexto, la necesidad de promover y asegurar el
respeto de las normas y los principios del derecho internacional humanitario,
Recordando sus resoluciones 1502 (2003) y 2175 (2014) relativas a la
protección del personal humanitario y el personal de las Naciones Unidas y el
personal asociado, así como otras resoluciones y declaraciones de su Presidencia
sobre el particular,
Recordando también todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General,
incluidas las resoluciones tituladas “Seguridad del personal de asistencia humanitaria
y protección del personal de las Naciones Unidas” y “Fortalecimiento de la
coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones
Unidas”, incluidas la resolución 46/182, relativa al fortalecimiento de la coordinación
de la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas, y la resolución
59/276 XI, titulada “Un sistema de gestión de la seguridad reforzado y unificado para
las Naciones Unidas”,
Recordando los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales, y
las obligaciones de las partes en los conflictos armados de respetar el derecho
internacional humanitario en todas las circunstancias, y recordando también que los
Estados partes en los Convenios de Ginebra de 1949 tienen la obligación de respetar
y hacer respetar los Convenios en todas las circunstancias,
Recordando que, con arreglo al derecho internacional, la responsabilidad
primordial respecto de la seguridad y protección del personal humanitario y el
personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, incluido el nacional y el de
contratación local, recae en el Gobierno anfitrión de operaciones humanitarias o una
operación de las Naciones Unidas realizada en virtud de la Carta de las Naciones
Unidas o sus acuerdos con las organizaciones pertinentes,
Observando que este año se cumplen 25 años desde que comenzó a examinar la
protección de los civiles en los conflictos armados como cuestión temática, y
reconociendo que sigue siendo necesario que, al igual que los Estados Miembros,
redoble los esfuerzos por fortalecer la protección de los civiles en los conflictos
armados y observando la importante función que desempeñan el personal humanitario
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