A/RES/57/140 14. Reafirma que las misiones visitadoras de las Naciones Unidas a los territorios son un instrumento efectivo para conocer la situación en los territorios, así como los deseos y las aspiraciones de sus habitantes, y exhorta a las Potencias administradoras a que sigan cooperando con el Comité Especial en el cumplimiento de su mandato y faciliten la realización de misiones visitadoras a los territorios; 15. Exhorta a las Potencias administradoras que no hayan participado oficialmente en la labor del Comité Especial a que lo hagan en su período de sesiones de 2003; 16. Pide al Secretario General, a los organismos especializados y a las demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas que presten asistencia económica, social y de otra índole a los territorios no autónomos y que continúen haciéndolo, cuando proceda, una vez que éstos hayan ejercido su derecho a la libre determinación, incluida la independencia; 17. Pide al Secretario General que proporcione al Comité Especial los medios y servicios necesarios para la aplicación de la presente resolución, así como de las demás resoluciones y decisiones sobre descolonización aprobadas por la Asamblea General y el Comité Especial. 73ª sesión plenaria 11 de diciembre de 2002 5

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