A/RES/58/178
los derechos humanos que, junto con los informes presentados por algunos de los
mecanismos de procedimientos especiales, ponen de manifiesto la gravedad de los
riesgos que corren los defensores de los derechos humanos, en particular los que
realizan sus actividades a nivel local y comunitario, y de sus serias consecuencias
para las mujeres que se dedican a la defensa de los derechos humanos, así como
para los defensores de los derechos de personas pertenecientes a minorías,
Observando con profunda preocupación que, en algunos países de todas las
regiones del mundo, persiste la impunidad respecto de las amenazas, los ataques y
los actos de intimidación contra los defensores de los derechos humanos y que ello
repercute negativamente en su labor y su seguridad,
Destacando el importante papel que desempeñan los particulares, las
organizaciones no gubernamentales y los grupos en la promoción y la protección de
los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluso en la lucha contra la
impunidad, y en la promoción, el fortalecimiento y la preservación de la democracia,
Recordando que, de conformidad con el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos 2, ciertos derechos no admiten excepción, y destacando que otros
derechos y libertades únicamente pueden admitirla cumpliendo estrictamente las
condiciones y los procedimientos convenidos que se indican en el artículo 4 del
Pacto,
Hondamente preocupada porque, en algunos casos, se han utilizado
indebidamente las leyes y otras disposiciones sobre seguridad nacional y lucha
contra el terrorismo para incriminar a los defensores de los derechos humanos, o
para atentar contra su labor y su seguridad de una manera contraria al derecho
internacional,
Reconociendo la importante labor realizada por la Representante Especial del
Secretario General durante los tres primeros años de su mandato;
Observando con satisfacción la cooperación entre la Representante Especial y
otros procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos,
Observando también con satisfacción las iniciativas regionales en favor de la
promoción y la protección de los derechos humanos y la cooperación entre los
mecanismos internacionales y regionales para la protección de los defensores de los
derechos humanos, e instando a que se siga avanzando a ese respecto,
Recordando que la responsabilidad primordial por la promoción y la
protección de los derechos humanos recae en el Estado, y observando con honda
preocupación que las actividades de algunas entidades no estatales constituyen una
grave amenaza a la seguridad de los defensores de los derechos humanos,
Destacando la necesidad de adoptar medidas enérgicas y efectivas para
proteger a los defensores de los derechos humanos,
1.
Insta a todos los Estados a que promuevan y den pleno efecto a la
Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las
instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales universalmente reconocidos, incluso mediante la adopción de
medidas prácticas a ese efecto, según proceda;
_______________
2
2
Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
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