A/RES/58/108 A-B
Naciones Unidas
Distr. general
17 de diciembre de 2003
Asamblea General
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 19 del programa
Resoluciones aprobadas por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial
y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/58/480)]
58/108. Cuestiones de Anguila, las Bermudas, Guam, las Islas
Caimán, las Islas Turcas y Caicos, las Islas Vírgenes
Británicas, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos,
Montserrat, Pitcairn, Samoa Americana y Santa Elena
A
G ENERALIDADES
La Asamblea General,
Habiendo considerado las cuestiones de los territorios no autónomos de
Anguila, las Bermudas, Guam, las Islas Caimán, las Islas Turcas y Caicos, las Islas
Vírgenes Británicas, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Montserrat, Pitcairn,
Samoa Americana y Santa Elena, en adelante denominados “los territorios”,
Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial
encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración
sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales 1,
Recordando su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, en la que
figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales, y todas las resoluciones y decisiones de las Naciones Unidas relativas a
esos territorios, en particular las resoluciones aprobadas por la Asamblea General en
su quincuagésimo séptimo período de sesiones respecto de cada uno de los territorios
abarcados por la presente resolución,
Reconociendo que, en el proceso de descolonización, nada puede sustituir al
principio de libre determinación enunciado por la Asamblea General en sus
resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) y otras resoluciones,
Reconociendo también que todas las opciones para la libre determinación de
los territorios son válidas siempre que se ajusten a los deseos libremente expresados
del pueblo interesado y sean compatibles con los principios claramente definidos
_______________
1
A/58/23 (Part II), cap. IX. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 23.
03 50109